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Documento BOE-A-1995-18944

Orden de 7 de julio de 1995 por la que se autoriza la sustitución de enseñanzas del centro de Formación Profesional Específica «Escuela Española de Técnicos Superiores», de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 7 de agosto de 1995, páginas 24416 a 24417 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-18944

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de don José Luis Mendoza Pérez, en nombre y representación de la Fundación Universitaria San Antonio, titular del Centro de Formación Profesional Específica «Escuela Española de Técnicos Superiores», en solicitud de sustitución de las enseñanzas de Técnico Superior en Secretariado por las de Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la sustitución de enseñanzas del Centro de Formación Profesional Específica «Escuela Española de Técnicos Superiores», quedando configurado de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica. Denominación específica: «Escuela Española de Técnicos Superiores». Domicilio: Calle Ceuta, 1. Localidad: Murcia. Municipio: Murcia. Provincia: Murcia. Titular: Fundación Universitaria San Antonio. Enseñanzas que se autorizan:

Técnico Superior en Administración y Finanzas. Capacidad: Un grupo y 30 puestos escolares.

Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos. Capacidad: Un grupo y 30 puestos escolares.

Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas. Capacidad: Un grupo y 30 puestos escolares.

Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing. Capacidad: Un grupo y 30 puestos escolares.

Segundo.-Con carácter previo al comienzo de las actividades educativas del centro, la Dirección Provincial deberá comprobar que las titulaciones del profesorado y el equipamiento didáctico correspondiente al ciclo formativo de grado superior de Gestión Comercial y Marketing se ajustan a las condiciones establecidas en los anexos que acompañan a esta Orden.

Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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