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Documento BOE-A-1995-19346

Orden 108/1995, de 31 de julio, por la que se declara de necesaria uniformidad en las Fuerzas Armadas, por un período máximo de cinco años, como tipo de lanzagranadas de 40 milímetros al sistema LAG 40 SB M-1, de la «Empresa Nacional Santa Bárbara de Industrias Militares, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 1995, páginas 25270 a 25271 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1995-19346

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa encomendó a su Junta Delegada de Compras la misión de elegir de entre los que fuesen presentados por las empresas admitidas a participar en el concurso público anunciado en el «Boletín Oficial del Estado» número 52, de 2 de marzo de 1995 el tipo de lanzagranadas de 40 milímetros.

Una vez analizada la oferta presentada y calificada la misma en base a los criterios establecidos en el pliego de bases, la citada Junta, constituida en Mesa de Contratación, elevó informe que fue aprobado en todas sus partes por el Director general de Armamento y Material, proponiendo para su declaración de necesaria uniformidad al lanzagranadas de 40 milímetros, sistema LAG 40 SB M-1, fabricado por la «Empresa Nacional Santa Bárbara de Industrias Militares, Sociedad Anónima».

En su virtud, dispongo sea declarado de necesaria uniformidad en las Fuerzas Armadas por un período máximo de cinco años como tipo de lanzagranadas de 40 milímetros al fabricado por la «Empresa Nacional Santa Bárbara de Industrias Militares, Sociedad Anónima», sistema LAG 40 SB M-1.

Esta declaración de necesaria uniformidad se extiende asimismo a los componentes y repuestos del citado modelo de lanzagranadas.

Madrid, 31 de julio de 1995.

SUAREZ PERTIERRA

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