En el recurso contencioso-administrativo número 86/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Rox Sport, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de septiembre de 1989 y 15 de julio de 1991, se ha dictado, con fecha 28 de marzo de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad "Rox Sport, Sociedad Anónima», contra la resolución de fecha 20 de septiembre de 1989, del Registro de la Propiedad Industrial, que concedió la marca número 1.194.724, "Roxpro" con gráfico, para distinguir productos de la clase 18 del Nomenclátor, y contra la de 15 de julio de 1991, que desestimó el recurso de reposición formulado frente a aquélla, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico, denegando el registro de la mencionada marca; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de julio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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