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Documento BOE-A-1995-19778

Orden de 26 de julio de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 1.078/1992, promovido por don Luis del Álamo Ortega.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 18 de agosto de 1995, páginas 25805 a 25805 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-19778

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 24 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.078/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Luis del Alamo Ortega, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 22 de mayo 1992, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 5 de marzo de 1992, sobre pensión de jubilación de la AISS.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Caballero Ballesteros, en representación de don Luis del Alamo Ortega, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 22 de mayo de 1992, que desestimó el recurso de alzada presentado por el actor frente al acuerdo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 5 de marzo de 1992, denegatorio de su pretensión de que le sea revisada la cuantía de la pensión que viene percibiendo procedente del Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a derecho; sin hacer especial imposición de las costas procesales causadas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 26 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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