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Documento BOE-A-1995-19790

Orden de 26 de julio de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 1.009/1992, promovido por don Eusebio Bermúdez Cuesta.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 18 de agosto de 1995, páginas 25808 a 25809 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-19790

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 28 de enero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.009/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Eusebio Bermúdez Cuesta, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 11 de mayo de 1992, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 12 de diciembre de 1991, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por don Eusebio Bermúdez Cuesta, contra las Resoluciones de la MUFACE de 12 de diciembre de 1991 y del MAP de 11 de mayo de 1992, por las que se denegó el reintegro de 194.049 pesetas, a que ascendía el importe de los gastos de asistencia sanitaria de su hijo Carlos Bermúdez Rojas en el hospital del INSALUD de Móstoles, y, en consecuencia, debemos revocar y revocamos las mismas y las sustituimos por otra en que se declare el derecho del recurrente a ser abonado en dicha cantidad.

No se hace expresa imposición de las costas procesales de este recurso.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II. Madrid, 26 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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