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Documento BOE-A-1995-19798

Orden de 31 de julio de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 2.003/91, promovido por don Isidro Nicolás Fernández Pacheco.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 18 de agosto de 1995, páginas 25811 a 25811 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-19798

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 22 de septiembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 2.003/91, en el que son partes, de una, como demandante, don Isidro Nicolás Fernández Pacheco, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 16 de septiembre de 1991, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 30 de mayo de 1991, sobre aprobación con carácter definitivo del escalafón de funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría, categoría superior.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Isidro Nicolás Fernández Pacheco, contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 30 de mayo de 1991, por la que se aprobó con carácter definitivo el escalafón de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría, categoría superior, así como contra la de 16 de septiembre de 1991, por la que se desestimó el recurso de reposición formalizado contra la misma, debemos declarar y declaramos que dichas resoluciones son ajustadas a derecho. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 31 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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