La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 12 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 1.160/1992 en el que son partes, de una, como demandante, don José Cordero Rodríguez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 4 de marzo de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 28 de junio de 1990, sobre compatibilidad de funciones.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don José Cordero Rodríguez contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 4 de marzo de 1992, desestimatoria del recurso de reposición promovido frente a la Resolución del mismo Ministerio de 28 de junio de 1990, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 31 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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