Visto el expediente de indulto de don Rafael Flores Flores, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 12 de febrero de 1992, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 10.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 13 de agosto de 1990, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 1994,
Vengo en conmutar a don Rafael Flores Flores la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito en el plazo de dos años, desde la publicación el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 29 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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