En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 700/1995, de 28 de abril, del Ministerio para las Administraciones Públicas, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 1995, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 102, de 29 de abril de 1995, y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, según establece el apartado c) del artículo 4.º del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» nùmero 213, de 5 de septiembre), y acuerdo de la Junta de Gobierno del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, resuelve convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Técnicos Especializados (código 5421) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas, de la Escala de Titulados Técnicos Especializados (código 5421) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por el sistema general de acceso libre, a cubrir entre ciudadanos de la Unión Europea, con dominio del castellano, de acuerdo con las especialidades y con destino en centros o institutos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que figuran en el anexo I.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 3); Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril), y lo dispuesto en esta convocatoria.
1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados, se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación total obtenida por éstos en la fase de oposición, en cada especialidad.
No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
Oposición.
Período de prácticas.
Los aspirantes que no superen el período de prácticas perderán todos los derechos al nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante.
El plazo máximo del comienzo del período de prácticas, una vez superadas las pruebas selectivas, será de dos meses, a partir de la fecha de terminación del plazo a que se refiere la base 9.1 de esta convocatoria.
1.5 Quienes no pudieran realizar el período de prácticas por cumplimiento del Servicio Militar o Prestación Social Sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad.
1.6 La fase de oposición constará de los ejercicios eliminatorios, que se desarrollarán en castellano, que a continuación se indican:
1.6.1 Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en un plazo máximo de tres horas, de un tema a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el programa de cada especialidad, que figura como anexo II de la presente convocatoria. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal.
1.6.2 Segundo ejercicio: Consistirá en una entrevista en sesión pública del candidato con el Tribunal que versará sobre la formación y experiencia del opositor para desempeñar las funciones propias de su especialidad, durante un máximo de media hora.
1.6.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza convocada de acuerdo con el programa que se recoge en el anexo II de la presente convocatoria. Los opositores deberán realizar por escrito un resumen del desarrollo y ejecución de la prueba realizada, que se expondrá ante el Tribunal en sesión pública.
El Tribunal correspondiente a cada especialidad señalará el tiempo máximo disponible para la realización de la prueba, que no podrá superar en ningún caso cinco horas.
1.6.4 Los miembros del Tribunal podrán efectuar, una vez realizada la lectura de los ejercicios, las preguntas que estimen oportunas para aclarar o incidir en algún aspecto de la exposición del candidato.
1.7 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario orientativo:
El primer ejercicio se iniciará en el mes de octubre/noviembre de 1995.
El proceso selectivo deberá haber finalizado el 20 de diciembre de 1995, salvo excepciones justificadas.
1.8 El programa que ha de regir las pruebas selectivas en cada especialidad, es el que figura en el anexo II de la presente convocatoria.
1.9 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente no podrá transcurrir más de cuarenta y cinco días naturales.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 24), sobre acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, o Formación Profesional de Tercer Grado, o equivalente. Los estudios efectuados en centros españoles no estatales o en el extranjero, deberán estar ya homologados.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.
f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales, posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 23), considere que tiene por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar en las pruebas de las que ha sido eximido en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.
2.3 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación, y mantenerlos hasta el momento de su toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia ajustada al modelo oficial aprobado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que será facilitada gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en los Gobiernos Civiles, así como en el Instituto Nacional de la Administración Pública (calle Atocha, número 106, Madrid), en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, número 50, Madrid), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas (paseo de la Habana, número 140, Madrid), en la sede Central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117, Madrid), y en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, (calle Serrano, 113, Madrid).
A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
Ningún aspirante podrá concurrir a más de una especialidad.
3.2 En la casilla A) del epígrafe «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», del modelo de solicitud, se hará constar expresamente la especialidad a la que se concurre con indicacion del centro de destino.
3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado», del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en el apartado 3.3, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.4 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta corriente número 30-55421-D, «Pruebas selectivas para el acceso a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas», en cualquier oficina del grupo del Banco Exterior de España.
Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior, deberá figurar en la solicitud el sello de esa entidad que justifique el referido pago. La falta de una justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.
3.5 Las solicitudes dirigidas al excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, deberán acompañarse de un currículum vitae.
3.6 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluídos, con indicación, en este último caso, de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad o pasaporte.
Además se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.
4.2 Los aspirantes excluídos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
Contra dicha Resolución podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contenciosoadministrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso- administrativo.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos, que se expondrá al público en los tablones de anuncios de la sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, Madrid, en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 113, Madrid, en los centros e institutos del organismo en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en los Gobiernos Civiles.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas selectivas, estarán constituidos en la forma que se determinan en el anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Los Presidentes podrán solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo la autoridad convocante, hará público el nombramiento de los nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrarán sus sesión de constitución, al menos, diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el proceso selectivo, los Tribunales resolverán todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 113, 28006 Madrid, teléfonos 585 52 65/52 64/52 63.
5.9 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas, tendrán la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19). Una vez conocido el número de aspirantes, por el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas se establecerá el número máximo de sesiones a realizar por cada uno de los Tribunales.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «O», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (Boletín Oficial del Estado número 119, de 19 de mayo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 11 de mayo de 1995 en el Instituto Nacional de Administración Pública.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «O», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «P», y así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y tercer ejercicio se efectuará por los Tribunales, al menos, en los locales donde se haya celebrado el primero, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad convocante, por sí o a propuesta del Presidente del tribunal, si tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional del contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).
7. Calificación de los ejercicios
7.1 Todos los ejercicios de estas pruebas selectivas se calificarán de cero a veinte puntos. El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio, siendo necesario alcanzar diez puntos como mínimo, para pasar al ejercicio siguiente, y en el tercero para superarlo.
Al calcular el valor medio de las puntuaciones, en cada uno de los ejercicios, se excluirá del cómputo de puntuaciones la más alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más de una máxima y una mínima.
En el segundo ejercicio se hará constar la calificación de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la calificación de «apto» para pasar al ejercicio siguiente.
7.2 En los tres ejercicios, la calificación se hará al término de cada ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran superado y sus puntuaciones.
7.3 La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que hubiese obtenido mayor puntuación en los distintos ejercicios de la oposición, de forma sucesiva o alternativa, excepto en el referente a la entrevista, por su calificación de «apto» o «no apto».
8. Lista de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aprobados en cada especialidad, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su número de documento nacional de identidad o pasaporte.
Los Presidentes de los Tribunales enviarán una copia certificada de la relación de aprobados al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
9. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios en prácticas
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de aprobados en el Boletín Oficial del Estado, los aspirantes aprobados deberán presentar en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 113, 28006 Madrid, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación académica que acredite su posesión.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
c) Los aspirantes de otra nacionalidad deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad, así como documentación certificada, por las autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas, igualmente el personal laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 6 de marzo).
9.3 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
9.4 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios en prácticas por el Ministerio de Educación y Ciencia, en la que se determinará la fecha en que empezarán a surtir efecto dichos nombramientos, con especificación del destino adjudicado.
Los nombramientos serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios en prácticas, se efectuará en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
10. Período de prácticas. Nombramientos de funcionarios
de carrera
10.1 Durante el período de prácticas los aspirantes ejercerán las tareas correspondientes a puestos de trabajo de su especialidad bajo la supervisión de los responsables de los departamentos correspondientes. El período de prácticas tendrá una duración de tres meses, y al final del mismo el responsable del departamento a que hubiera sido adscrito el funcionario en prácticas, emitirá un informe, con el visto bueno del Director del centro, en el que hará constar la calificación de «apto» o «no apto» del aspirante, siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superarlo.
10.2 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera, por el Ministerio de Educación y Ciencia, con especificación del destino adjudicado.
Los nombramientos serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios de carrera, se efectuará en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de su nombramiento, en el «Boletín Oficial del Estado».
11. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones de los tribunales, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 29 de junio de 1995.-P.D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, José María Mato de la Paz.
ANEXO I
Número de plazas / Denominación / Destino / Número tribunal
1 / Diseño y desarrollo de reactores químicos automatizado para test de catalizadores / Instituto de Tecnología Química. Valencia / 1
1 / Microscopia electrónica de barrido y análisis de imagen / Instituto Nacional del Carbón. Oviedo / 2
1 / Técnicas analíticas químicas / Centro Investigación y Desarrollo. Barcelona / 3
1 / Secuenciación de ácidos nucléicos y análisis de imagen / Instituto de Biología Molecular y Celular de Plantas. Valencia / 4
1 / Técnico responsable de instrumentación científica / Centro Nacional de Biotecnología. Madrid / 5
1 / Restauración de fósiles (hueso) / Museo Nacional de Ciencias Naturales. Madrid / 6
1 / Mantenimiento electrónico en investigaciones oceanográficas / Instituto de Ciencias del Mar. Barcelona / 7
1 / Gestión y actividades de cooperación científica / Organización Central. Madrid. / 8
ANEXO II
Programa
Diseño y desarrollo de reactores químicos automatizados para test de catalizadores
1. Dispositivos electrónicos para la medida de presión, temperatura, flujo y nivel.
2. Controladores analógicos P, PI, PD, PID. Características.
3. Señales analógicas: conversión analógico-digital, digitalanalógico.
4. Dispositivos electrónicos para el control de potencia.
5. Sistemas operativos para ordenador PC: MS-DOS, UNIX, OS/2, WINDOWS NT.
6. Adquisición de datos en tiempo real mediante PC. Gestión de interrupciones.
7. Acondicionamiento de señales analógicas: el amplificador operacional.
8. «Buses standard» en ordenadores PC: grupos de señales.
9. Componentes básicos del «hardware» del PC: descripción y funciones.
10. Comunicaciones serie y paralelo en PC: descripción de los grupos de señales y protocolos.
11. Circuitos digitales. Características de las familias lógicas.
12. Regulación de potencia: control de fase, proporcional en el tiempo. Implantación en el ordenador.
13. Descripción básica de programas para el diseño electrónico: ORCAD, TANGO.
14. Discretización de los controladores analógicos: P, PI, PD, PID.
15. Control FUZZY. Comparación con la teoría de control clásica.
16. Fuentes de alimentación de baja tensión de corriente continua.
17. El analizador lógico: diagrama de bloques y características.
18. Sensores y transductores electrónicos para magnitudes físicas.
19. El autómata programable: diagrama de bloques y funcionamiento.
20. Electroválvulas: tipos, funcionamiento y características.
21. Lenguajes de programación para PC: BASIC y C.
22. Tipos de ordenadores PC compatibles: evolución y características.
23. El calor: teoría y transmisión.
24. Descripción del reactor para el test de microactividad de un catalizador.
25. Magnitudes de mecánica de fluidos: densidad, flujo, humedad, presión, vacio, viscosidad.
26. Descripción de los componentes de un reactor químico a presión controlado por ordenador.
27. Comunicación vía RS232C con periféricos. Aplicación a la cromatografía. Manipulación y tratamiento de la información.
28. Reactores químicos. Cinética.
29. Tipos de reactores químicos en procesos catalíticos.
30. Instrumentación de sistemas.
Microscopia electrónica de barrido y análisis de imagen
1. Arquitectura básica de un microscopio electrónico de barrido (MEB).
2. Principios de operación.
3. Variables de operación en MEB: alto voltaje, distancia y ángulo de trabajo.
4. Condiciones en la cámara. Sistemas de generación de vacío.
5. Fuentes de emisión de electrones.
6. Tipos de detector, señales obtenidas e información suministrada por cada uno de ellos.
7. Lentes electromagnéticas.
8. Preparación de especímenes para su observación al MEB.
9. MEB con electrones secundarios y retrodispersados. Elección del método apropiado para cada tipo de muestra.
10. Formación de imágenes.
11. Proceso y análisis de imágenes en MEB.
12. Generación de imágenes estereoscópicas.
13. MEB aplicada a carbones y productos derivados de su conversión.
14. Cuidados y mantenimiento de un MEB.
15. Formatos de salida de imagen: microfotografía, impresoras, videoimpresoras.
16. Fundamentos del microanálisis por energía dispersiva de Rayos-X (MEB-EDX).
17. Estructura básica de un sistema EDX.
18. Tipos de detectores de Rayos-X.
19. Aplicaciones generales del MEB-EDX al análisis cualitativo y cuantitativo de sólidos.
20. Distribución elemental de una superfice («mapping») y análisis de la información suministrada.
21. Cuidados y mantenimiento de un sistema EDX.
22. Arquitectura básica de un analizador de imágenes.
23. Sistemas de captación de imagen.
24. Operaciones básicas de proceso de imágenes.
25. Fundamentos del análisis y cuantificación de superficies planas pulidas. Estereología.
26. Operaciones básicas de análisis de imágenes.
27. Cuantificación de fases y medida de objetos.
28. Densitometría.
29. Reconstrucción tridimensional.
30. Compresión de ficheros de imagen. Formatos de ficheros de imagen.
Técnicas analíticas químicas
1. Análisis cualitiativo y cuantitativo de los elementos básicos en química orgánica: principios, información proporcionada y aplicaciones.
2. Métodos instrumentales para la determinación de los principales elementos químicos. Fundamentos de operación, limitaciones e interferencias.
3. Técnicas de descomposición de compuestos orgánicos. Principios, modos de operación y limitaciones.
4. Análisis automático. Aparatos y técnicas; microanalizadores.
5. Valoraciones potenciométricas. Método de Schöninger.
6. Aplicación de los electrodos de ion selectivo para la determinación de elementos en compuestos orgánicos. Fundamentos, ventajas, limitaciones e interferencias.
7. Técnicas de análisis químico mediante reducción pirolítica.
8. Técnicas analíticas clásicas: gravimetrías, volumetrías y colorimetrías. Fundamentos de los métodos, comparativa de las diferentes técnicas y limitaciones.
9. Análisis estadístico de los resultados analíticos. Descriptores, análisis de errores, análisis de correlación y de varianza y factores principales.
10. Elaboración estadística de modelos de respuesta y métodos de validación de los mismos.
11. Validación y contraste de las metodologías analíticas, métodos de muestreo, análisis de errores y modelos de intercalibración de laboratorios.
12. Aspectos prácticos de las operaciones de pesada y medición de volúmenes. Calibración del material, fuentes de error y metodología correcta de trabajo.
13. Factores de respuesta de los sistemas de detección (calibración del detector). Elaboración de curvas de respuesta patrón y efecto de las diferentes fuentes de error sobre los parámetros de respuesta.
14. Factor de respuesta (o calibración) de un sistema analítico. Fundamentos de los métodos del patrón interno y del patrón externo, utilidad y comparación de los mismos.
15. Separación de compuestos orgánicos mediante técnicas cromatográficas: fundamentos teóricos; técnicas comúnmente utilizadas, utilidad en química orgánica y aplicaciones típicas.
16. Cromatografía de gases. Bases teóricas, definiciones básicas de los parámetros característicos del sistema, influencia del gas portador y aplicaciones a la química orgánica.
17. Instrumentación en cromatografía de gases. Estructura básica del equipo y del modo de operación; tipos de inyectores, columnas y detectores, descripción y fundamentos de operación.
18. Cromatografía de líquidos. Bases teóricas de la técnica, parámetros descriptores del proceso de separación, influencia del tipo de fase estacionaria y utilización en la química orgánica.
19. Instrumentación en cromatografía de líquidos. Estructura básica del equipo y modo de operación. Tipos de bombas, columnas y detectores, descripción y fundamentos de operación.
20. Cromatografías de adsorción en columna y en capa fina. Fundamentos, tipos de adsorbente, técnicas de detección y aplicaciones en química orgánica.
21. Técnicas espectroscópicas en química orgánica. Fundamentos básicos de las técnicas más comúnmente empleadas, aplicaciones típicas y su utilización en la caracterización y/o cuantificaciones de compuestos orgánicos o de sus mezclas.
22. Espectroscopía de infrarrojo. Bases teóricas de la técnica, información proporcionada por la misma, utilización en química orgánica y limitaciones de la misma.
23. Instrumentación en espectroscopía de infrarrojo. Tipos básicos de instrumentos y de modos de operación. Preparación de la muestra y registro de los datos.
24. Espectroscopía de ultravioleta-visible y de fluorescencia. Bases teóricas, información proporcionada, utilización en química orgánica y limitaciones de la técnica.
25. Instrumentación en espectroscopía de ultravioleta-visible y en espectroscopía de fluorescencia. Preparación de las muestras, modo de operación, registro de los datos y cálculo de resultados (absorbancia/concentración, ley de Lambert-Beer).
26. Espectroscopía de resonancia magnética nuclear. Fundamentos de la técnica, información proporcionada, aplicaciones en química orgánica, ventajas y limitaciones.
27. Instrumentación en resonancia magnética nuclear. Tipos básicos de instrumentos. Preparación de las muestras, modo de operación y registro de datos.
28. Espectrometría de masas. Bases teóricas, información proporcionada, utilización en química orgánica, ventajas y limitaciones.
29. Instrumentación en espectrometría de masas. Tipos de instrumentos, modos de generación (fuentes de ionización) y de separación de iones (analizadores), descripción y fundamentos de operación.
30. Técnicas analíticas mixtas o acopladas, como por ejemplo: cromatografía de gases o cromatografía de líquidos acopladas a espectroscopía de infrarrojo, de ultravioleta-visible o de espectrometría de masas. Interfases: descripción y modos de operación.
Secuenciación de ácidos nucleicos y análisis de imagen
1. Las macromoléculas biológicas.
2. Estructura y función del DNA.
3. Estructura y función del RNA.
4. El código genético.
5. Clonaje de genes.
6. Vectores de clonaje.
7. Ingeniería genética y biotecnología.
8. Electroforesis de ácidos nucleicos.
9. Técnicas de secuenciación del DNA.
10. Secuenciación automática del DNA con precursores fluorescentes.
11. Síntesis automática de oligonucleótidos.
12. Utilización de oligonucleótidos en biología molecular.
13. Amplificación del DNA mediante la reacción en cadena de la polimerasa (PCR).
14. Hibridación de ácidos nucleicos.
15. Aspectos generales de los ordenadores personales.
16. Los entornos Windows y Macintosh.
17. «Software» de biología molecular. Bases de datos.
18. Electrónica analógica y digital.
19. Fuentes estabilizadas. Estabilizador con diodo Zener y con transistor en serie.
20. Rectificadores. Principio de funcionamiento, clasificación, tipos de carga.
21. Rectificación controlada monofásica. Tipos.
22. Diseño de sistemas de control, necesidades y etapas de las especificaciones de diseño, estructura y metodología de diseño, acciones básicas de control.
23. Reguladores PI, PD. Normas de diseño.
24. Semiconductores. Tipos de semiconductores. Unión P-N. Diodos.
25. Transistores Mosfet. Estructura física de funcionamiento.
26. Reconocimiento automático de formas. Principios de funcionamiento.
27. Introducción a la visión computacional.
28. Procesamiento previo de imágenes digitales.
29. Descripción de proyectos de visión computacional.
30. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: esquema organizativo. El área de Biología y Biomedicina.
Técnico responsable de instrumentación científica
1. Medida de magnitudes eléctricas. Intensidad, voltaje y resistencia. Instrumental de aplicación.
2. Semiconductores, diodos y transistores. Tipos y características.
3. Ruido. Sus fuentes. Relación señal-ruido.
4. Generadores de señales y fuentes de alimentación.
5. Oscilógrafos. Amplificación vertical y horizontal.
6. Amplificación operacional. Circuitos amplificadores. Amplificación electrónica.
7. Motores eléctricos. Tipos más usuales en instrumentación.
8. Corriente alterna monofásica y polifásica. Apantallamiento. Estabilización. Tomas a tierra.
9. Convertidores analógico-digitales y digitales-analógicos.
10. Radiación electromagnética.
11. Circuitos resonantes.
12. Temporizadores electromecánicos y electrónicos.
13. Modulación. Amplitud. Frecuencia y fase.
14. Fuentes estabilizadas. Impedancia de salida. Rizado.
15. Sistemas de control de velocidad y aceleración en ultracentrífugas.
16. Medida de temperatura. Sensores térmicos por radiación o conducción.
17. Sistemas termostatizados. Condiciones de recinto. Control de temperatura.
18. Sistemas de refrigeración en instrumentación.
19. Microprocesadores. Memorias. Circuitos de puertas.
20. Periféricos del ordenador. Compatibilidad. Conexión en paralelo y serie.
21. Ultracentrífugas. Diagrama de bloques. Sistemas de seguridad.
22. Rotores. Equilibrio y detección de desequilibrio.
23. Servomecanismos. Sistemas básicos de control.
24. Sensores. Tipos (temperatura, presión, campo magnético).
25. Seguridad en laboratorios. Seguridad eléctrica. Baja y alta tensión. Sistemas de vacío y alta presión. Radiaciones ionizantes. Dosimetría y límites de tolerancia.
26. Normalización y metrotecnia. Elementos patrón. Sistemas de calibración. Normas y procedimientos.
27. Métodos de análisis espectroscópico.
28. Espectroscopía de resonancia magnética nuclear RMN.
29. Espectrometría de masas.
30. Métodos de análisis cromatográfico.
Restauración de fósiles (hueso)
1. Concepto y significado de los fósiles.
2. Los fósiles como patrimonio. Legislación vigente.
3. Principios básicos de restauración y conservación: diferencias e interrelaciones. Su aplicación a los fósiles de vertebrados.
4. Historia del Museo Nacional de Ciencias Naturales. Expediciones de los siglos XVIII y XIX.
5. Historia de la paleontología de vertebrados en el MNCN.
6. Las colecciones del Museo Nacional de Ciencias Naturales. Las de vertebrados fósiles.
7. Historia de la restauración y conservación de vertebrados fósiles en el MNCN: colecciones, métodos y productos.
8. Caracteres generales de los vertebrados fósiles: el hueso y el marfil. Estructura y composición.
9. Los huesos fósiles: tafocenosis, fosilización y diagenesis.
10. Tipos de yacimientos de vertebrados fósiles.
11. Variaciones texturales, mineralógicas y composicionales de los huesos fósiles en los diferentes tipos de yacimientos. Sus implicaciones en la restauración.
12. Excavaciones: técnicas de restauración y conservación «in situ». Preparación, sistemas de proteccion y levantamiento.
13. Sistemas de protección de los fósiles para su transporte desde el yacimiento al laboratorio.
14. Tratamiento de los nuevos ingresos en laboratorio. Documentación y plan de actuación.
15. Etapas del proceso de restauración de un hueso fósil.
16. La documentación de la pieza ósea y del tratamiento de la restauración efectuado.
17. Organización y funcionamiento de un laboratorio de restauración y conservación de fósiles: equipamiento y metodología.
18. Composición, utilización y propiedades de los disolventes y consolidantes aplicados a la restauración de huesos fósiles.
19. Compuestos químicos utilizados en restauración. Riesgos y prevención.
20. Conservación de colecciones en el MNCN: técnicas de embalaje, almacenamiento y exposición de fósiles.
21. Preparación de moldes. Tipos y características principales de los moldes de vertebrados fósiles.
22. Características de los materiales utilizados para la realización de moldes de vertebrados fósiles: propiedades físicas y químicas.
23. Reproducciones de vertebrados fósiles. Técnicas y materiales.
24. Métodos específicos de replicado de piezas grandes de vertebrados fósiles.
25. Realización de moldes de vertebrados fósiles «in situ»: métodos y materiales.
26. Realización de moldes de vertebrados fósiles con cama rígida. Métodos y materiales.
27. Restauración y conservación. Técnicas en vertebrados fósiles.
28. Condiciones de préstamos e intercambios.
29. Instalación y desmontaje de exposiciones: la función del restaurador.
30. Nuevas tendencias en museología de fósiles de vertebrados.
Mantenimiento electrónico en investigaciones oceanográficas
1. Teoría de circuitos. Componentes pasivos. Tolerancia de los componentes.
2. Componentes activos. Amplificadores de estado sólido, generalidades. Tipos.
3. Circuitos de medida. Puentes de medida. Compensación en puentes de baja resistencia.
4. Amplificadores de instrumentación. Estabilidad, impedancia de entrada. Deriva térmica.
5. Electrónica digital. Códigos más usuales.
6. Circuitos básicos digitales. Puertas OR, AND, NOR, inversores. Flip-Flop.
7. Divisores: fijos y programables. Detectores de coincidencia.
8. Formatos de transferencia digital. Norma RS232. Etapas de salida tri-estado.
9. Utilización de programas de ordenador para diseño de circuitos electrónicos.
10. Sistemas de medida: sensores, trasductores.
11. Acústica. Conceptos básicos.
12. Acústica marina: eco sondas. Sonar.
13. Disparadores acústicos.
14. Transmisión de información. Telemetría.
15. Calibración de instrumentos.
16. Estadística básica. Cálculo de errores. Regresión. Su aplicación a la calibración.
17. Toma de muestras. Conceptos básicos.
18. Lineas de transmisión. Impedancia característica. Atenuación. Utilización en RF.
19. Transmisión de la luz. Penetración en el agua del mar. Sistemas de medida. Unidades.
20. Resistencia de materiales a las cargas más usuales: mecánica, corrosión galvánica y agentes ambientales y marinos.
21. Aislamiento eléctrico. Aplicación a cables y conectores.
22. Nociones de tipos de disolventes: polares y no polares.
23. Tipos de materiales de uso corriente en el mar.
24. Electricidad estática. Precauciones.
25. Instrumentación general de un laboratorio de electrónica. Toma de tierra. Características de la red general.
26. Instrumentos de medida más usuales: multímetro analógico y digital. Sus características más importantes y aplicaciones.
27. Osciloscopio analógico. Ancho de banda, sensibilidad, tipos de sincronismo.
28. Generador de señales. Tipos según forma de onda y gama de frecuencias.
29. Fuentes de alimentación de laboratorio. Fuentes conmutadas.
30. Seguimiento de señales digitales.
Gestión y actividades de cooperación científica
1. La organización del Sistema de Ciencia y Tecnología en España.
2. Organos superiores de politica científica en España: instituciones.
3. La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología.
4. Ley de Fomento y Coordinación General de Investigación Científica y Técnica. Objetivos.
5. El Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.
6. Programas del Plan Nacional de Investigación y Desarrollo.
7. Planificación del desarrollo científico y tecnológico.
8. Incidencia del Plan Nacional en los elementos del sistema ciencia-tecnología.
9. Los organismos públicos de investigación. Su papel como ejecutores de la investigación.
10. Participación española en programas internacionales de investigación y desarrollo.
11. Los programas comunitarios de investigación y desarrollo.
12. El Programa Eureka: características y objetivos.
13. Articulación del Sistema Español de Ciencia y Tecnología.
14. El Fondo Nacional para el Desarrollo de la Investigación Cientifica: planes concertados.
15. Actuaciones en materia de política científica y tecnológica.
16. Recursos del Sistema de Ciencia y Tecnología en España.
17. La administración institucional, los organismos autónomos. Especial referencia al Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
18. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: su papel en la política científica.
19. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: organización y funcionamiento.
20. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: estructura y proyectos de investigación.
21. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: relaciones institucionales.
22. Modelo para la planificación de la enseñanza en las ciencias experimentales.
23. Contribución de la historia y de la filosofía de las ciencias al desarrollo de un modelo de enseñanza/aprendizaje como investigación.
24. El aprendizaje de las ciencias como investigación.
25. Diseño de unidades didácticas en el area de ciencias experimentales.
26. La formación profesional desde la perspectiva comunitaria.
27. Los programas comunitarios de formación profesional.
28. La formación profesional en España: conceptos y definiciones.
29. Contexto legal y político de la formación ocupacional en España.
30. Formación profesional: planificación, calidad y certificación.
(ANEXO III OMITIDO)
ANEXO IV
Don , con domicilio en , y con documento nacional de identidad número Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la escala de , que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En , a de de 1995.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid