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Documento BOE-A-1995-20644

Orden de 5 de septiembre de 1995 por la que se amplía el plazo de otorgamiento de las ayudas previsto en la Orden de 4 de mayo de 1995, por la que se regula la concesión de ayudas a los armadores de buques de pesca que faenan en el caladero de Marruecos.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 1995, páginas 27279 a 27279 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-20644

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 4 de mayo de 1995 por la que se regula la concesión de ayudas a los armadores de buques de pesca que faenan en el caladero de Marruecos, previó en el apartado 3 de su artículo 1 un plazo de otorgamiento de las ayudas por un plazo máximo de dos meses a partir del 1 de mayo de 1995. La Orden de 27 de julio de 1995 amplió este plazo hasta el 1 de septiembre de 1995. Habiendo transcurrido este último plazo sin haberse ultimado un nuevo Acuerdo de pesca entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos, la presente Orden tiene por objeto instrumentar la ampliación del plazo de vigencia de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 1995 en los términos previstos en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 1995.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Ampliación del plazo de otorgamiento de las ayudas.

El plazo de otorgamiento de las ayudas previsto en el apartado 3 del artículo 1 de la Orden de 4 de mayo de 1995, por la que se regula la concesión de ayudas a los armadores de buques de pesca que faenan en el caladero de Marruecos, se amplía hasta el 1 de octubre de 1995, en los mismos términos y condiciones previstos en la citada Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de septiembre de 1995.

ATIENZA SERNA

Ilmos. Sres. Secretario general de Pesca Marítima y Director general de Estructuras Pesqueras.

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