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Documento BOE-A-1995-20862

Orden de 7 de septiembre de 1995 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 15 de septiembre de 1995, páginas 27779 a 27786 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-20862

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 700/1995, de 28 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 29), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1995 y con el fin de atender las necesidades de personal del Ministerio de Economía y Hacienda, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,

Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, código 0605, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir diez plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservada al sistema de promoción interna asciende a dos plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a ocho plazas.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna, se acumularán a las del sistema general de acceso libre. En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril), tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra fase consistente en un curso selectivo con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4 de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir de la primera quincena del próximo mes de diciembre. La duración máxima de esta fase será de seis meses, contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.

1.7 Los aspirantes propuestos por el Tribunal serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, al objeto de realizar el curso selectivo que se regula en el anexo I de la presente Orden.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en la convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan, antigüedad que se computará con referencia al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B serán computables, a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los requisitos y condiciones que, para su acceso en los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado, establece el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de organismos internacionales a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.

2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuítamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, Gobiernos Civiles, Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas, Dirección General de la Función Pública e Instituto Nacional de Administración Pública.

En el punto 1 de la instancia deberá cumplimentarse, junto con el Cuerpo o Escala, el código 0605 correspondiente.

En el punto 25 de la instancia deberá consignarse: En el apartado A), la titulación poseída o en condiciones de obtener, en el B), los aspirantes por el sistema de promoción interna consignarán el Cuerpo o Escala de procedencia.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado», del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda calle Alcalá, números 5 a 11, o paseo de la Castellana, 162, de Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá al Subsecretario de Economía y Hacienda.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas, y se ingresarán en la cuenta corriente número 30/50605/68 del Banco Exterior, ingreso que podrá hacerse en cualquier oficina de dicha entidad.

Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior, deberá figurar en la solicitud el sello de esa entidad que justifique el referido pago. La falta de una justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco Exterior supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del Ministerio de Economía y Hacienda, y en los de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, en Madrid, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en los Gobiernos Civiles, así como en la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha resolución, podrá interponerse recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de la resolución.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía y Hacienda, cuando concurran en ellos circustancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circustancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sus sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos de sus miembros.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría de Economía y Hacienda.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los óganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado del» 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Servicios, Subdirección General de Recursos Humanos (paseo de la Castellana, 162, planta 14, 28071 Madrid. Teléfono (91) 583 54 66 y 583 54 67).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar y declarar que han superado las pruebas selectivas o fase de oposición un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuaciones de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 16 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del día 19), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 11 de mayo de 1995.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «O», el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «P», y así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Subsecretario de Economía y Hacienda, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

Contra la resolución que declara la exclusión del aspirante, podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía y Hacienda, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, desde que se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones definitivas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en la Dirección General de Servicios, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 162, planta 14, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas, igualmente, el personal laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados, deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa oferta de los mismos.

Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Economía y Hacienda, funcionarios de carrera mediante Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Ministerio para las Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional para las Administraciones Públicas, y en colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 7 de septiembre de 1990, «Boletín Oficial del Estado» del 26), el Subsecretario, Juan Antonio Blanco-Magadán Amutio.

Ilmos Sres. Subsecretario de Economía y Hacienda, Directora general de Servicios y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

I. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición

B) Curso selectivo

A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios.

No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los aspirantes de promoción interna pertenecientes al Cuerpo de Arquitectos Técnicos de la Hacienda Pública, que tengan una antigüedad mínima de dos años en dicho Cuerpo, estarán exentos de la realización del cuarto ejercicio.

El primer ejercicio será de carácter práctico y consistirá en desarrollar, por escrito, durante un máximo de cuatro horas, la resolución de los siguientes supuestos:

a) Obtención del valor de un inmueble urbano, a efectos de comprobación ordinaria en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, exponiendo los criterios de valoración adoptados.

b) Obtención del valor catastral del mismo inmueble urbano, con determinación de la deuda tributaria, a los efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, exponiendo la fundamentación fiscal y técnica correspondiente.

El segundo ejercicio será, por escrito, durante un máximo de cuatro horas, extrayéndose para todos los opositores dos temas a la suerte de entre los recogidos en anexo II, uno de cada uno de los dos grupos siguientes:

I. Valoración Urbana, Gestión del Catastro Inmobiliario Urbano e Informática (22 temas).

II. Derecho Urbanístico y Organización de las Actividades del Sector de la Construcción (16 temas).

El tercer ejercicio será de carácter práctico y consistirá en desarrollar, por escrito, durante un máximo de seis horas, la resolución de uno o varios supuestos, consistentes en:

a) Dictamen sobre el estado físico de una edificación, indicando las obras de reparación o conservación que sean necesarias, medidas de seguridad a adoptar durante la realización de las mismas y presupuesto de ambas, con valoración de dicho inmueble.

b) Dictamen a la vista de la legislación sobre contratos de las Administraciones Públicas, de un proyecto, recepción o liquidación de una obra oficial con indicación, en su caso, de las irregularidades observadas y formulación y tramitación de los reparos consiguientes.

c) Dictamen, a la vista de la normativa urbanística, de la posible utilización por el Estado de un inmueble susceptible de adquisición.

El cuarto ejercicio será de naturaleza oral, extrayéndose a la suerte, por cada opositor, cuatro temas, uno de cada uno de los cuatro grupos siguientes:

III. Derecho Civil (11 temas).

IV. Derecho Constitucional y Administrativo (12 temas).

V. Teoría Económica y Hacienda Pública (15 temas).

VI. Derecho Financiero y Tributario (17 temas).

El opositor, utilizando únicamente el programa de la oposición, dispondrá de un máximo de quince minutos para preparar un guión de dichos temas, pasando a continuación, una vez consumidos o no los quince minutos, a desarrollarlos oralmente durante un tiempo máximo total de cuarenta minutos.

Los opositores podrán disponer de la documentación complementaria que estimen oportuna, por su parte, para la realización de los ejercicios prácticos y aportada por ellos mismos.

Los ejercicios primero, segundo y tercero se leerán públicamente, siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura.

B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de superar con aprovechamiento un curso selectivo, simultaneado, en su caso, con la realización de prácticas en los puestos de trabajo, de una duración máxima de tres meses, organizado por el Instituto de Estudios Fiscales.

El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la finalización de la fase de oposición.

II. Valoración

Fase de oposición: Los ejercicios se calificarán por el sistema de puntos, a excepción del cuarto.

Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, necesitándose un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para pasar al siguiente, o, en su caso, para superarlo.

El cuarto ejercicio se calificará con «apto» o «no apto». Quién fuese declarado «no apto» quedará eliminado de las pruebas selectivas.

La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal.

El Tribunal expondrá al público la relación de aprobados en cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación que hubiera obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte en la oposición.

La calificación final de esta fase vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.

Curso selectivo: Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar el obtener 15 puntos como mínimo.

Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior y determinará el orden final de los aspirantes, a todos los efectos, sin perjuicio de lo establecido en la norma 1.1.4. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el curso selectivo, y en caso de persistir el empate, a la correspondiente al primero, segundo y tercer ejercicio de la fase de oposición.

ANEXO II

I. Valoración Urbana, Gestión del Catastro Inmobiliario Urbano e Informática

Tema 1. Teoría del valor. El precio. Relación entre valor y precio. Valoración de inmuebles. Criterios de valoración de inmuebles. Métodos de valoración según su finalidad. Influencia de la evolución histórica del derecho de propiedad sobre el valor de los inmuebles.

Tema 2. Sistemas de valoración. Valor de venta. Valor por comparación. Valoración por mercado. La depreciación, sus clases: depreciación física, depreciación funcional y depreciación económica. Análisis especial de las zonas crepusculares y de emigración masiva.

Tema 3. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Deducciones por gastos. Rendimientos medios. Influencia de la legislación sobre arrendamientos urbanos y otras limitaciones administrativas de la rentabilidad. Valoración por rendimientos. Capitalización.

Tema 4. Valoración del suelo urbano. Influencia del planeamiento urbanístico en la tasación inmobiliaria. Clasificación del suelo en un núcleo urbano en razón de su edificabilidad y de las condiciones de uso y volumen permitidos. Aprovechamiento idóneo. La parcela tipo y los coeficientes correctores. El fondo normal y el fondo edificable. Método residual de valoración del suelo.

Tema 5. Valoración del suelo urbano. Aplicación de los criterios valorativos de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Tasación a efectos del Registro Municipal de Solares. Modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 1/1992, de 26 de junio. Determinación del valor en el Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El valor equitativo a efectos de expropiación forzosa. El justiprecio.

Tema 6. Valoración de las construcciones. Valoración analítica y valoración sintética. Método de la superficie cubierta y de la superficie construida. Procedimiento de medición. Valor unitario. Valor intrínseco o de coste y valor de reposición. Sistemas de amortización.

Tema 7. El Catastro. Concepto. Orígenes y diversos modelos existentes. Evolución histórica del Catastro en España.

Tema 8. La Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria. Estructura orgánica y funcional. Competencias y funciones.

Tema 9. Concepto de gestión catastral. La gestión catastral y la gestión tributaria en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Distribución de competencias.

Tema 10. El Catastro Inmobiliario Urbano. Normas reguladoras. Documentación catastral básica y complementaria.

Tema 11. La coordinación de valores. La Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria Urbana. Las Juntas Técnicas Territoriales de Coordinación Inmobiliaria Urbana. Técnicas de coordinación. La áreas económicas homogéneas del suelo y de las construcciones. Módulos básicos de repercusión de suelo. Módulos básicos de construcción. Asignación de módulos y coeficientes. Procedimiento de coordinación.

Tema 12. Valoración catastral de los bienes inmuebles. Las normas técnicas de valoración y cuadro marco de valores para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana. Las ponencias de valores. Valoración del suelo. Valores básicos y valores unitarios. Coeficientes correctores a aplicar.

Tema 13. Valoración de construcciones. Clasificación tipológica en razón de su uso, clase, modalidad y categoría. Antigüedad de las construcciones y estado de conservación. Coeficientes correctores de aplicación a la suma del valor del suelo y valor de la construcción. Valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Tema 14. Formación de Catastros. Mecánica de recogida de información catastral. Toma de datos. Referencia catastral. Expediente catastral. El Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Contratación de los trabajos catastrales. Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Procedimiento. Requisitos. Organos competentes. Control y supervisión.

Tema 15. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas cartográficos. Técnicas actuales. Cartografía catastral. La informatización de la cartografía catastral.

Tema 16. Procedimiento de gestión catastral. Alteraciones de orden físico, jurídico y económico. Su incidencia en el Catastro. Contenido y efectos. Notificaciones. Colaboración interadministrativa en la formación y conservación del Catastro.

Tema 17. Revisiones catastrales. Conservación del Catastro. Corrección de errores. Recursos y reclamaciones contra los actos de gestión catastral.

Tema 18. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Tipificación de las infracciones. Actas. Liquidación.

Tema 19. Procedimiento sancionador de las infracciones tributarias. Casos en que procede. Organos actuantes. Sanciones y su graduación. Audiencia del interesado. Impugnación de las actuaciones inspectoras, sanciones y liquidaciones practicadas.

Tema 20. Concepto de informática. Estructura general de un proceso informático. Arquitectura de un sistema físico informático: unidad central de proceso y periferia. Soportes de información. El sistema lógico. Sistema operativo. Lenguajes. Programas y aplicaciones.

Tema 21. Almacenamiento de datos. Ficheros y métodos de acceso. Bases de datos: tipología. Sistemas de información. El sistema de información catastral. Concepto. Base de datos catastrales de rústica y de urbana.

Tema 22. El sistema de información geográfico catastral. Conceptos, características y usos. El Banco de Datos Catastral. La informática en la Administración Pública.

II. Derecho Urbanístico y Organización de las Actividades del Sector de la Construcción

Tema 1. El derecho urbanístico. Evolución histórica de la legislación urbanística en España. Principios básicos del ordenamiento urbanístico español. La Ley del Suelo y sus Reglamentos.

Tema 2. El planeamiento urbanístico. El plan como elemento central del ordenamiento urbanístico español. Los instrumentos de ordenación del territorio. La formación y aprobación de los planes.

Tema 3. El régimen jurídico del suelo (I). La propiedad del suelo. La clasificación del suelo contenida en los planes. El suelo urbano y su régimen jurídico. El suelo no urbanizable y su régimen jurídico.

Tema 4. El régimen jurídico del suelo (II). Técnicas de distribución de los beneficios y cargas derivadas del planeamiento en el suelo urbano y en el urbanizable. Los sistemas generales. Criterios de valoración del suelo.

Tema 5. La ejecución del planeamiento. Consideraciones generales. El proyecto de urbanización. Los sistemas de actuación. El sistema de compensación. El sistema de cooperación. El sistema de expropiación. Los convenios urbanísticos.

Tema 6. La organización administrativa del urbanismo. El urbanismo cono función pública. Las competencias de la Administración Estatal. Las competencias de la Administración Autonómica. Las competencias de la Administración Local, en particular la Municipal. Administración institucional y corporativa del urbanismo.

Tema 7. La disciplina urbanística. Régimen general. La licencia urbanística. El otorgamiento de la licencia. Las infracciones urbanísticas, prescripción y sanciones. El deber de conservación y la ruina.

Tema 8. La normativa complementaria. La normativa sobre carreteras, autopistas, costas, puertos y patrimonio histórico. La normativa autonómica.

Tema 9. Organización de empresas. La investigación operativa aplicada a la organización de empresas. Teoría de la programación lineal. Programación dinámica.

Tema 10. Organización administrativa de la empresa. Organización financiera y organización comercial. Organización científica e industrial. Métodos de trabajo y estudio de tiempos y movimientos.

Tema 11. El factor humano de la empresa. Sistema de valoración de puestos de trabajo y de control de rendimientos. Técnicas de retribución. Normativa laboral vigente.

Tema 12. Esquema de la organización de una empresa constructora. Tipos de organización y estudio de las diversas áreas y servicios. Esquema de la organización de una empresa inmobiliaria. Análisis de los balances. Tipo y características singulares de financiación y rentabilidad.

Tema 13. La contabilidad y el control de los precios de la construcción. Los ratios. Clasificación de costes, gastos y beneficios. La inversión y su capacidad operativa.

Tema 14. Organización de una obra. Técnicas de programación matemática. Diagramas de Gantt. Sistemas Pert-tiempos y probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas Pert-costes.

Tema 15. Plan de una obra. Determinación de las necesidades de mano de obra, de materiales, y de maquinaria y medios auxiliares. Técnicas de amortización y de valoración de costes de uso y mantenimiento.

Tema 16. Ejecución de una obra. Funciones de dirección y control. Régimen económico y actualización de costes mediante índices, coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de precios.

III. Derecho Civil

Tema 1. El derecho objetivo: concepto y divisiones. Distinción entre derecho objetivo y subjetivo. Derecho público y derecho privado. El derecho civil en España. El Código Civil y la legislación complementaria. Las fuentes del derecho en el sistema jurídico positivo español. Los principios generales del derecho. Significado de la jurisprudencia.

Tema 2. El sujeto del derecho. Las personas individuales y las personas jurídicas. El objeto del derecho. Las cosas. Concepto y clasificación. El patrimonio. Los frutos. Los gastos y las mejoras. El negocio jurídico. Elementos esenciales. La voluntad. La causa. La ineficacia e invalidez del negocio jurídico.

Tema 3. El derecho real. Su diferencia con el derecho de crédito. Derechos reales reconocidos en la legislación española. El derecho real de dominio. Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. El título y el modo. La tradición en el derecho español. Estudio de la ocupación. La accesión. La usucapión. Pérdida del dominio: modos voluntarios e involuntarios. El abandono. La pérdida en virtud de adquisiciones «a non domino».

Tema 4. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas del Código Civil. La propiedad horizontal. La multipropiedad. La posesión, su naturaleza jurídica. Clases de posesión según el Código Civil. Efectos de la posesión. Protección del estado posesorio: los interdictos.

Tema 5. El derecho real de superficie. Derechos reales de goce y disfrute. El usufructo: naturaleza y caracteres. Derechos de uso y habitación. El derecho real de servidumbre. Fundamento, caracteres y elementos. Clases. Constitución, contenido y extinción. Las servidumbres personales. Las servidumbres voluntarias. Las servidumbres legales, su concepto y distinción de las limitaciones del dominio. Clases de servidumbre legales según el Código Civil. Principales especialidades forales en materia de servidumbres. La servidumbres de regulación administrativas.

Tema 6. Derechos reales de garantía. La hipoteca. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento. El Registro de la Propiedad en España. Organización y principios que lo informan. Publicidad del Registro. Contenido y efectos de las certificaciones.

Tema 7. La obligación. Cumplimiento de las obligaciones. Extinción. Incumplimiento y cumplimiento anormal. Prueba de las obligaciones.

Tema 8. Las propiedades especiales. Régimen de la propiedad intelectual. Régimen de la propiedad industrial, naturaleza jurídica y modalidades. La propiedad minera, de las aguas y de los montes.

Tema 9. El contrato: Fundamento y función. Elementos y objeto del contrato. Interpretación. Ineficacia, rescisión, contratos y pagos rescindibles. Clasificación de los contratos. El contrato preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de opción. Los contratos normativos y los contratos de adhesión. El contrato de compraventa, su naturaleza. Obligaciones del vendedor y del comprador. El derecho de tanteo. El derecho de retracto: naturaleza y clases. El contrato de permuta. El «leasing».

Tema 10. El contrato de arrendamiento. Su función y especies. Normas fundamentales del Código Civil. Régimen especial de arrendamiento de fincas urbanas. Ley 29/1994, de 24 de noviembre. Supuestos que contempla. Censo de viviendas.

Tema 11. El contrato de arrendamiento de obra: Su naturaleza, elementos y contenido. Actuaciones facultativas en la redacción de proyectos y dirección de las obras. Responsabilidades civiles del propietario, del constructor y del director facultativo de las obras. El contrato de arrendamiento de servicios. El contrato celebrado por el Arquitecto. Teoría sobre su naturaleza jurídica. Modalidades de contratación. Objeto del contrato. Obligaciones del Arquitecto y del cliente. La responsabilidad civil del Arquitecto.

IV. Derecho Constitucional y Administrativo

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Las Cortes Generales. La Corona. El Rey. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. El Gobierno: composición, funciones y relaciones con otros poderes. El Poder Judicial. Los derechos y libertades públicas. Organismos internacionales. La Unión Europea.

Tema 2. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La Ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa. El Reglamento. La potestad reglamentaria. Derecho comunitario europeo y derecho español. Los ordenamientos autonómicos y las Comunidades Autónomas. Las entidades municipales y las entidades provinciales. La Administración Institucional. La personalidad jurídica de la Administración.

Tema 3. La potestad administrativa. El principio de legalidad. El acto administrativo. La invalidez de los actos administrativos. Las irregularidades no invalidantes. La revocación y revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 4. Los contratos administrativos y los contratos privados de la Administración. El procedimiento de contratación en general y régimen legal de los contratos administrativos de obras, servicios, suministros y de asistencia técnica. Redacción y supervisión de proyectos oficiales de obras. Recepción y liquidación de obras. Penalidades por mora y rescisión de contratos. La revisión de precios de los contratos de las Administraciones Públicas.

Tema 5. El procedimiento administrativo. Principios. Estructura. Los recursos administrativos. Jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites, recursos. La Administración Pública y la justicia: Conflictos jurisdiccionales, cuestiones de competencia y conflicto de atribuciones. Procedimientos especiales.

Tema 6. El dominio público y el patrimonio privado de los entes públicos. El patrimonio del Estado. Adquisición y enajenación de bienes y derechos del Estado. El inventario general de bienes y derechos del Estado.

Tema 7. Noción del servicio público y modos de gestión del mismo. Posición jurídica y derechos subjetivos del administrado. Las sanciones administrativas.

Tema 8. La organización administrativa. Los principios. La organización administrativa central de España. La Administración consultiva. La Administración periférica. El Ministerio de Economía y Hacienda. La Administración territorial de la Hacienda Pública.

Tema 9. La función pública. Naturaleza de la relación funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial. Situaciones. Derechos y deberes de los funcionarios. El régimen disciplinario de la función pública. Los derechos pasivos y la Seguridad Social de los funcionarios. Responsabilidad de la Administración y sus agentes.

Tema 10. Los Arquitectos superiores de Hacienda: trabajos que realizan en relación con el catastro urbano. Actuaciones facultativas en relación con los bienes y derechos del patrimonio del Estado, con el control del gasto público y con los impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Asistencia a los jurados provinciales de expropiación forzosa y asesoramiento a los Tribunales económico-administrativos. Redacción de proyectos y dirección de obras para el Ministerio de Economía y Hacienda.

Tema 11. La acción administrativa en relación con las aguas, las minas y los montes. La acción administrativa en materia de vivienda, patrimonio histórico-artístico y patrimonio residencial y urbano. Intervención administrativa en la actividad inmobiliaria.

Tema 12. La expropiación forzosa: Teorías sobre su justificación y naturaleza. La Ley de Expropiación Forzosa. Modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 1/1992, de 26 de junio.

V. Teoría Económica y Hacienda Pública

Tema 1. La ciencia económica. Teorías de la demanda y la oferta. El mercado y los sistemas de precios. Los factores de la producción y la determinación de la renta de la tierra. Magnitudes macroeconómicas. Producto, renta y gasto nacional. Sistemas monetarios.

Tema 2. Política económica y sus ciclos. La inflación y sus medidas correctas. Estructura económica de España. Estimación de la renta nacional y su distribución territorial. Análisis sectorial y participación de la industria de la construcción y de la política de vivienda. Estructura económica internacional. Balanza de pagos y balanza comercial. Análisis de la situación española e incidencia de las inversiones extranjeras en activos inmobiliarios.

Tema 3. Principios generales de la economía urbana. Métodos de análisis económico. Areas de influencia y estructura urbana, teoría espacial de los precios y equilibrio entre mercados y modelos de dispersión.

Tema 4. Teoría general de la localización. Los valores del suelo en el espacio urbano. Modelos de valores territoriales. Teoría económica de los conjuntos. Modelos de estructuras espaciales urbanas. Los costes de fricción. La previsión del crecimiento urbano. Modelos de urbanización.

Tema 5. Los costes del crecimiento urbano. Costes de urbanización y política de crecimiento urbano. Planeamientos ecológicos y humanos. Economía pública urbana. La estructura regional. Teoría interregional de la renta. Modelos de crecimiento regional. Política regional. Los polos de crecimiento.

Tema 6. La actividad financiera y las necesidades públicas. Concepto y contenido de la ciencia de la hacienda: su neutralidad. Teoría de los ingresos públicos. La distribución del coste de los servicios públicos. Los precios privados, cuasiprivados, públicos y políticos. Las tasas y las contribuciones especiales.

Tema 7. El impuesto: concepto y fundamento. Elementos y fuentes del impuesto: la teoría del mínimo de existencia y el problema de la doble imposición del ahorro. Los problemas de su distribución técnica y formal. Proporcionalidad y diversificación del gravamen según el origen de la renta. La distribución económica. Efectos del impuesto posteriores a su pago.

Tema 8. Teoría especial del impuesto: la clasificación de los impuestos y de los sistemas impositivos. Teoría de la imposición directa. Los impuestos de producto. La imposición sobre la renta. La imposición sobre el patrimonio.

Tema 9. El Impuesto sobre el Producto del Suelo. El Impuesto sobre el Producto de los Edificios. El Impuesto sobre el Producto de las Explotaciones. El Impuesto sobre el Producto de los Capitales. El Impuesto sobre el Producto del Trabajo.

Tema 10. El Impuesto personal sobre la Renta. Problemática en la aplicación a las personas físicas y jurídicas. Determinación de la base sujeta a imposición. Procedimientos de obtención de la renta total, analíticos y sintéticos. El Impuesto sobre el Patrimonio. El Impuesto sobre los Incrementos del Valor.

Tema 11. Teoría de la imposición indirecta. El Impuesto sobre Consumos Específicos. La imposición sobre la circulación de bienes. La imposición sobre la circulación exterior de bienes. El Impuesto sobre el Volumen de Negocios.

Tema 12. El Impuesto sobre las Transmisiones Onerosas Intervivos. El Impuesto sobre las Sucesiones y Donaciones. El Impuesto sobre Bienes de las Personas Jurídicas. Los derechos de importación y exportación de mercancías. El Impuesto de Fase Unica e Impuestos de Fase Múltiple. El Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tema 13. Los ingresos públicos extraordinarios. Las enajenaciones patrimoniales. La emisión de papel moneda. La imposición extraordinaria sobre el patrimonio. La deuda pública: emisión, conversión y amortización. Las obligaciones del Tesoro y los bonos de Tesorería.

Tema 14. Teoría del gasto público: concepto y clasificación. El crecimiento del gasto público. Sus limites. El control del gasto público: legalidad y eficacia. El control de eficacia: análisis coste-beneficio en el gasto público. Los efectos económicos del gasto público: en la producción, los precios, el consumo, el empleo y la distribución de la riqueza.

Tema 15. Teoría del presupuesto: concepto y fundamento económico. Los principios presupuestarios. Su evolución histórica. El presupuesto cíclico y el pleno empleo: formas de adaptación coyuntural. Las vías y técnicas presupuestarias: el presupuesto por programas y el presupuesto de base cero.

VI. Derecho Financiero y Tributario.

Tema 1. El concepto positivo de la Hacienda Pública. La Ley General Presupuestaria. Principios generales y privilegios de la Hacienda Pública: los derechos económicos y las obligaciones exigibles. Prescripciones de los créditos. Fuentes de ordenación jurídica y principios básicos de los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. Régimen jurídico de su elaboración, aprobación y liquidación.

Tema 2. El control de la actividad financiera en España: concepto y clases. El control externo: el Tribunal de Cuentas. El control interno: la Intervención General de la Administración del Estado. La función interventora. El desarrollo de la función fiscalizadora de ingresos, gastos y pagos públicos. La formulación y tramitación de reparos. La contabilidad pública: la cuenta general del Estado.

Tema 3. El ordenamiento jurídico de la Hacienda Pública española: La Ley General Tributaria y sus modificaciones. Principios generales del ordenamiento tributario español. Los tributos: concepto y clasificación. La relación

jurídica tributaria. El sujeto pasivo. La declaración tributaria. El domicilio fiscal.

Tema 4. El hecho imponible. La base imponible. Regímenes para su determinación. Comprobación administrativa del hecho imponible y su valoración. El dictamen pericial. La tasación pericial contradictoria. Las presunciones. La base liquidable. La cuota y la deuda tributaria. Los órganos administrativos de gestión tributaria. El procedimiento de gestión tributaria. Las liquidaciones tributarias.

Tema 5. La extinción de las obligaciones tributarias. Especial referencia al pago y a la prescripción de las deudas tributarias. El procedimiento recaudatorio. La prelación de los créditos de la Hacienda Pública.

Tema 6. El procedimiento de inspección de los tributos. Las facultades de los Inspectores de los tributos. Lugares de actuación de los mismos y documentación de las actuaciones inspectoras. Las infracciones tributarias. Las sanciones tributarias. El delito fiscal. La denuncia pública y su tramitación.

Tema 7. La revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión. El principio «solve et repete» y la suspensión de los actos administrativos. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas: actos impugnables, procedimiento. Los recursos ordinario y extraordinario de alzada y el de revisión.

Tema 8. El sistema tributario español actual: características y evolución histórica. El Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas: concepto y naturaleza. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible: Los rendimientos del trabajo, del capital y de las actividades empresariales, profesionales y artísticas. Los incrementos y disminuciones patrimoniales. Las rentas irregulares. Regímenes de determinación de la base imponible y de la deuda tributaria. Las retenciones y pagos fraccionados.

Tema 9. El Impuesto sobre Sociedades. Concepto. Naturaleza. Ambito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal. El Impuesto sobre el Patrimonio. Valoración de los elementos patrimoniales.

Tema 10. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Medios ordinarios y extraordinarios de comprobación de valores. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Las transmisiones patrimoniales onerosas entre personas físicas y las operaciones societarias: su distinción. Medios ordinarios y extraordinarios de comprobación de valores. Comprobación de valores en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Tasas y Precios Públicos.

Tema 11. El Impuesto sobre el Valor Añadido: concepto y naturaleza. Ambito de aplicación. Las entregas de bienes y las prestaciones de servicios. El hecho imponible, el sujeto pasivo y la base imponible. El tipo impositivo. Las obligaciones del sujeto pasivo. La gestión del impuesto. Las importaciones de bienes. El régimen de deducciones y devoluciones. Los regímenes especiales. El régimen de infracciones y sanciones.

Tema 12. Los impuestos especiales. La renta de Aduanas. Los ingresos patrimoniales. La enajenación de bienes y derechos del Estado. Monopolios fiscales de tabacos y petróleos. La Lotería Nacional. Las tasas y los tributos parafiscales. La deuda pública del Estado: concepto y clases.

Tema 13. La Hacienda de las Comunidades Autónomas. Financiación de las comunidades de régimen común. Tributos propios y cedidos. Participación en los ingresos del Estado y fondo de compensación interterritorial. Otros recursos y la nivelación de servicios. Financiación de las Comunidades Forales. Especialidad de la Comunidad de Canarias.

Tema 14. La Hacienda de las Corporaciones Locales. Principios generales. Normativa básica. Recursos de la Hacienda Municipal. Recursos de la Hacienda Provincial. Especialidad del régimen económico-fiscal de Canarias, Ceuta y Melilla.

Tema 15. El sistema impositivo local. Análisis cuantitativo. Figuras de imposición obligatoria y de imposición voluntaria. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 16. La imposición territorial con anterioridad a la Ley Reguladora de Haciendas Locales. La Contribución Territorial Urbana.

Tema 17. El Impuesto de Bienes Inmuebles en la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipo de gravamen. Cuota. Devengo y período impositivo. Gestión.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Titulares:

Presidente: Don Pablo Julio Roldán Verdejo, Arquitecto de la Hacienda Pública.

Vocales: Don Antonio Romero Docio, Arquitecto de la Hacienda Pública.

Doña Silvia García Malsipica, Abogada del Estado.

Don Javier Cárdenas Chavarri, Catedrático de la Escuela Técnica Superior de Arquitectos de Madrid.

Don Antonio Fernández Huerta, Inspector de Finanzas del Estado.

Don Manuel Sánchez Rey, Inspector de Finanzas del Estado.

Secretario: Don Vicente Canela Herrera, Arquitecto de la Hacienda Pública.

Suplentes:

Presidenta: Doña Dolores Aguado Fernández, Arquitecta de la Hacienda Pública.

Vocales: Don José Luis Cedillo Conde, Arquitecto de la Hacienda Pública.

Doña Clotilde de la Higuera González, Abogada del Estado.

Don Luis Villanueva Domínguez, Catedrático de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid.

Don Manuel González Castejón, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de Administración del Estado.

Don Amador López Rodríguez, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don Fernando Aragón Amunarriz, Arquitecto de la Hacienda Pública.

ANEXO IV

Don ,

con domicilio en

y documento nacional de identidad número ,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo ,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En a de de 1995.

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