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Documento BOE-A-1995-20989

Resolución de 7 de agosto de 1995, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento histórico artístico, a favor de la «Torre de los Moreno», sito en el Municipio de Ribadeo (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 18 de septiembre de 1995, páginas 27945 a 27946 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-1995-20989

TEXTO ORIGINAL

Vistos los informes de los Servicios Técnicos de esta Dirección General favorables a la incoación de expediente como bien de interés cultural, con categoría de monumento histórico artístico, a favor de la «Torre de los Moreno», en el municipio de Ribadeo (Lugo), y de conformidad con los artículos 6.a) y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; artículo 11.1 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 11/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la antedicha Ley, y de conformidad con el artículo 7 del Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.-Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento histórico artístico, a favor de la «Torre de los Moreno», en el municipio de Ribadeo (Lugo). De acuerdo con la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y del Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura.

La delimitación de su entorno figura en el anexo, siendo su descripción la siguiente.

«Comienza la línea en el punto 1 situado en la parte de atrás del número 15 de la calle Amando Pérez Martínez, en su mediana con el número 17.

Continúa por la parte de atrás de los edíficios, desde el número 13 al 1 de la calle Amando Pérez Martínez, atrevesando la calle I. Schulz; sigue por la parte de atrás de los edificios de la plaza de España desde el número 19 al número 6, atravesando la calle Villafranca del Bierzo, a la altura de dicha parte de atrás.

Sigue por la parte de atrás de los edificios de la calle San Francisco, números 2 y 4, en la mediana con el numero 6, se sitúa el punto 2.

La línea gira en dicho punto, a través de la mediana, a la calle de San Francisco y va a discurrir por la mediana entre la iglesia parroquial de Santa María del Campo y los edificios de la calle de San Francisco.

Al terminar la mediana cruza la Rinconada de San Francisco.

En el punto 3 gira la línea por la línea de fachada hasta el punto 4, donde sigue la parte de atrás de los edificios números 2, 4 y 6 de la calle Clemente Martínez Pasarón.

El punto 5 se sitúa con la parte de atrás del número 6 de la calle Clemente Martínez Pasarón, en su mediana con el número 8. La línea recorre dicha mediana hasta la fachada donde sigue por ella por el número 8 hasta el punto 6.

Gira entonces para atravesar la calle Clemente Martínez Pasarón y seguir la línea de la fachada del convento de Santa Clara.

En el punto 7 corresponde con la mediana de atrás de los números 6 y 8 de la calle Buenos Aires, gira la línea por la parte de atrás del número 8, rodea dicho número y sigue por la calle Buenos Aires.

En el punto 8 atraviesa la calle Buenos Aires y sigue por la calle Nueva.

En el punto 9 gira la línea para seguir a través de la parte de atrás de los edificios de la calle Buenos Aires y del número 1 de la plaza de España.

En el punto 10, la línea gira al este según el entorno de la travesía de la plaza de España.

La línea cruza la calle Ibáñez hasta el punto 11 situado en la línea de fachada de dicha calle en la mediana de los números 9 y 11.

La línea sigue por la calle Ibáñez hasta el punto 12 donde gira a través de la mediana 11 y 13 de la calle Ibáñez hasta la mediana de los números 8 y 10 de la calle Trinidad.

En el punto 13, la línea cruza la calle Trinidad y sigue por la travesía de la Paz, cruzando la calle Amando Pérez Martínez hasta encontrarse con el punto 1.

Segundo.-Seguir la tramitación del expediente según las normas vigentes.

Tercero.-Dar traslado de la Resolución al Alcalde del municipio de Ribadeo (Lugo), y notificarle que «el otorgamiento de las nuevas licencias de obras, y la ejecución de las ya otorgadas precisarán resolución favorable de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental».

Cuarto.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español, se notificará la Resolución al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, y de acuerdo con el artículo 7.b del Decreto 430/1991, se notificará al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Quinto.-Que la presente Resolución sea publicada en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado», abriéndose un período de información pública de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 7 de agosto 1995.-El Director general, Angel Sicart Giménez.

(PLANO OMITIDO)

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