En el recurso contencioso-administrativo número 1/300/1992, interpuesto según el procedimiento establecido en la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, sobre Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, denegaba el acceso al régimen de conciertos al centro «Escuelas de Mandos Intermedios Ventas», de Madrid, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 30 de enero de 1993, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de cooperativa Emi-Ceem-Corep, titular del centro "Escuelas de Mandos Intermedios Ventas" contra la resolución reseñada en el antecedente de hecho primero de esta sentencia, debemos declarar y declaramos ser la misma conforme a la constitución, con imposición de costas a la parte demandante.»
Dispuesto por Orden de 14 de julio de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 6 de septiembre de 1995.-La Directora general, Carmen Maestro Martín.
Ilmo. Sr. Director Provincial de Educación y Ciencia en Madrid.
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