De acuerdo con la Orden de 12 de diciembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 22) por la que se crea el sello INCE y la Resolución de 15 de junio de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 30), de la Dirección General para la Vivienda y Arquitectura por la que se aprueban las disposiciones reguladoras generales del sello INCE para piezas cerámicas utilizadas en la edificación, y las específicas para ladrillos cerámicos cara vista y tejas cerámicas,
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura, ha tenido a bien disponer:
Artículo único.
Se concede el sello INCE para piezas cerámicas utilizadas en la edificación al producto ladrillo cerámico cara vista, fabricado por «Palau Cerámica de Chiloeches, Sociedad Anónima», en su factoría de carretera de Albolleque, sin número, Chiloeches (Guadalajara), con las siguientes denominaciones:
Ladrillo PV R-250, de 240 x 113 x 34, modelos «Terracota» y «Sáhara».
Ladrillo PV R-250, de 240 x 113 x 50, modelos «Terracota» y «Sáhara».
Ladrillo PV R-250, de 240 x 113 x 68, modelos «Terracota» y «Sáhara».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 24 de abril de 1992), el Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura.
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