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Documento BOE-A-1995-21788

Resolución de 13 de septiembre de 1995, de la Universidad de Murcia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas, en la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de octubre de 1995, páginas 29139 a 29143 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-21788

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1282/1985, de 19 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio), y con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública, («Boletín Oficial del Estado» del 3); adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29); en uso de la autorización contenida en el artículo 37.1 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 28), y de conformidad con el acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril), sobre la aplicación del artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y de los artículos 39, 33 y 32 de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 1989, 1990 y 1991,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Murcia, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Murcia, mediante el sistema de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.1.1 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser acumuladas a ningún otro turno de acceso.

1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases de esta convocatoria, y en cuanto les sea de aplicación por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el artículo 37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril); los Estatutos de la Universidad de Murcia y, con carácter supletorio, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril).

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de concurso y otra de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El personal que supere las pruebas selectivas quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en el que la plaza de laboral se haya reconvertido. De estar actualmente en situación de excedencia como personal laboral, continuará en dicha situación en la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Murcia.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del día 1 de noviembre de 1995, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización.

Con cuarenta y ocho horas de antelación como mínimo a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán exponerse, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado de esta Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.1.6 Encontrarse el 28 de abril de 1994, fecha del Acuerdo del Consejo Social de la Universidad de Murcia por el que se crean las Escalas propias de funcionarios de Informática de la Universidad de Murcia, prestando servicios como personal laboral de plantilla con contrato indefinido y ocupar un puesto de trabajo clasificado como reservado a funcionario del grupo A en la correspondiente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Universidad de Murcia, o estar en dicha fecha en situación de excedencia como personal laboral en la categoría de Analista de la misma; en este supuesto, de aprobar el concurso-oposición, los aspirantes serán nombrados funcionarios de carrera y simultáneamente declarados en situación de excedencia voluntaria, hasta tanto quede vacante en la Escala correspondiente.

2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo en solicitud, que se ajustará al modelo que figura como anexo VI de esta convocatoria. A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad y la siguiente documentación:

3.1.1 Certificación expedida por el Servicio de Personal de la Universidad de Murcia que acredite que el puesto del que es titular el interesado ha sido clasificado como reservado a personal funcionario y adscrito a la Escala correspondiente a esta convocatoria, y en la que, asimismo, se haga constar que el 28 de abril de 1994, fecha del acuerdo del Consejo Social de la Universidad de Murcia por el que se crean las Escalas propias de funcionarios de Informática de la misma, el interesado se encontraba prestando servicios en la Universidad de Murcia con contrato indefinido o en situación de excedencia.

3.1.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación según modelo contenido en el anexo V, expedida por el Servicio de Personal de la Universidad de Murcia, acreditativo de su antigüedad en la misma, en la condición de laboral.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Murcia (Santo Cristo, 1, 30071 Murcia), o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Murcia.

Los interesados adjuntarán a dicha solicitud comprobante bancario original de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta número 10.538.111, «Universidad de Murcia», de la Caja Postal, oficina principal de Murcia.

En ningún caso la presentación y pago en la Caja Postal supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Murcia, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrables a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Murcia, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado», Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. El Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Murcia.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Murcia, avenida Teniente Flomesta, sin número, edificio «Convalecencia», teléfonos 36 36 23 y 36 35 69.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 33 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra O, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 16 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 19), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el 11 de mayo de 1995.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Murcia, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad de Murcia, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hizo pública la relación de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar, en la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Murcia, los siguientes documentos:

A) Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del respectivo título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», aplicándose a continuación lo previsto en la base 2.2 para los aspirantes que participen desde la situación de excedencia.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Murcia, 13 de septiembre de 1995.-El Rector, Juan Monreal Martínez.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.1 Fase de concurso: En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán conforme al punto 2.1 de este anexo, los servicios efectivos prestados en la condición de laboral, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.

1.2 Fase de oposición: La fase de oposición constará de dos ejercicios, siendo ambos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito, en un plazo máximo de una hora, de un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples sobre las materias que figuran en el anexo II. Se penalizarán las respuestas incorrectas.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba de naturaleza práctica compuesta de varios supuestos relacionados con las materias contenidas en el anexo II, y entre los que el opositor deberá elegir dos, y, asimismo, deberá responder por escrito a preguntas sobre los mismos, en un plazo máximo de tres horas.

El ejercicio será resumido oralmente en sesión pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el candidato sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una solución razonada. Asimismo, se podrá establecer un coloquio entre los miembros del Tribunal y el opositor sobre temas de tecnologías de la información en general y experiencia del opositor en particular.

2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios.

2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados en el apartado 1.1 se realizará de la forma siguiente:

a) Antigüedad: La antigüedad se valorará hasta un máximo de 12 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados en la condición de laboral hasta la fecha de publicación de la convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos en la categoría de Analista, 1 punto y por cada año completo de servicios efectivos en otras categorías 0,50 puntos, hasta el límite máximo expuesto.

b) Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la oposición.

2.2 Fase de oposición:

a) Primer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para aprobarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos. Para superarlo será necesario obtener, como mínimo, 10 puntos y alcanzar una puntuación de 5 puntos en cada uno de los supuestos.

2.3 La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, segundo ejercicio, y si persistiese el empate, éste se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el citado orden por la letra O a que se refiere la base 6.1 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Programa

1. Conceptos generales de informática. Antecedentes históricos. «Hardware» y «software».

2. Arquitectura y periferia de ordenadores.

3. Concepto de bases de datos. Modelos.

4. Diseño de bases de datos. Normalización.

5. Lenguaje de consulta SOL.

6. Sistemas operativos. Sistemas gestores de transacciones.

7. Sistemas operativos abiertos. Unix.

8. Ciclo de vida de los sistemas informáticos.

9. Metodologías de desarrollo de sistemas de información. Métrica.

10. Modelo conceptual de procesos. Análisis estructurado. Diagramas de flujo de datos.

11. Modelo conceptual de datos. Entidad/relación.

12. Calidad de «software».

13. Seguridad e integridad de la información.

14. Redes de área local. Redes corporativas.

15. Interconexión de sistemas abiertos. Normalización ISO. Modelo OSI.

16. Soporte físico de los medios de transmisión.

17. Protocolos de transmisión y «software» de comunicaciones.

18. Ofimática. Aplicación en las corporaciones. Tendencias.

19. Servicios de valor añadido. Correo electrónico. Sistemas de información distribuidos. GOPHER, WWW.

20. Legislación en materia informática. LORTAD.

ANEXO III

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Murcia, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Murcia a de de 199

ANEXO IV

Tribunal calificador

Presidente titular: Don Antonio Calvo-Flores Segura, Profesor titular de Universidad, por delegación del Rector.

Presidente suplente: Don José Serrano Marino, Catedrático de Universidad, por delegación del Rector.

Secretario titular: Don Angel Arruz Ramos, Gerente de la Universidad de Murcia.

Secretario suplente: Don José Plana Plana, Jefe de Area de Régimen Jurídico-Administrativo de la Universidad de Murcia.

Vocal 1.ª titular: Doña María del Carmen Aparicio Fernández, Directora general de la Biblioteca Universitaria, designada por sorteo en la forma prevista en el artículo 191 de los Estatutos de la Universidad de Murcia.

Vocal 1.º suplente: Don José Ródenas López, Jefe de Area de Gestión Económica, designado por sorteo en la forma prevista en el artículo 191 de los Estatutos de la Universidad de Murcia.

Vocal 2.º titular: Don José Antonio Aparicio García, funcionario de la Escala de Gestión del Servicio de Contratación y Patrimonio, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Murcia.

Vocal 2.ª suplente: Doña María Isabel Andrés Cuervo, Jefa de la Biblioteca de la Facultad de Letras, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Murcia.

Vocal 3.º titular: Don Francisco de Paco Moya, Jefe de Area de Recursos Humanos y Servicios Generales, designado por el Rector.

Vocal 3.º suplente: Don Jesús Miguel Brox Ruiz, Jefe de Servicio de Gestión Económica de la Universidad de Murcia, designado por el Rector.

Vocal 4.º titular: Don Luis Ramos Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Alicante, en representación de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

Vocal 4.º suplente: Don Rafael Pla Penalva, Jefe del Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de Alicante, en representación de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

Vocal 5.º titular: Don Miguel Francisco García Ruiz, Jefe del Gabinete Técnico de la Delegación de Gobierno de Murcia, en representación de la Dirección General de la Función Pública.

Vocal 5.ª suplente: Doña Francisca Vílchez Martínez, Jefa de Sección de Relaciones con las Administraciones Territoriales de la Delegación de Gobierno de Murcia, en representación de la Dirección General de la Función Pública.

ANEXO V

Don

Cargo:

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este centro relativos al opositor seguidamente indicado, se justifican los siguientes extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre:

Categoría laboral a que pertenece:

DNI: NRP:

Fecha de nacimiento: Lugar de nacimiento

1. Destino actual:

2. Total servicios reconocidos en la categoría laboral de:

Analista / Programador / Operador

Años: / Años: / Años:

Meses: / Meses: / Meses:

Días: / Días: / Días:

2.1 Antigüedad en otras categorías laborales, hasta la fecha de publicación de la convocatoria:

Y para que conste, expido la presente certificación en

(Localidad, fecha, firma y sello)

(ANEXO VI OMITIDO)

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