En el recurso contencioso-administrativo número 193/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Robapharm Portuguesa Limitada» contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de agosto de 1990 y 15 de octubre de 1991, se ha dictado, con fecha 9 de febrero de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador señor Ortiz de Solórzano, actuando en nombre y representación de la entidad "Robapharm Portuguesa Limitada" contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de agosto de 1990, por la que se acordó la inscripción de la marca número 1.240.637 "Osopan", así como contra la de 15 de octubre de 1991, por la que se desestimó el recurso de reposición formalizado contra la misma, debemos anular y anulamos dichas resoluciones, por contrarias a Derecho, dejando, en consecuencia, sin efecto, la inscripción de la marca número 1.240.637 "Osopan". Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de septiembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid