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La entidad «Defensa Judicial, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización para el ejercicio de la actividad aseguradora privada con ámbito nacinal y en el ramo de Defensa Jurídica, 17 de los relacionados en el artículo 3.º, sobre clasificación de ramos en seguros distintos del de Vida, de la Orden de 7 de septiembre de 1987 por la que se desarrollan determinados preceptos del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado («Boletín Oficial del Estado» del 14).
De la documentación que adjunta la entidad a la solicitud formulada se desprende que la entidad «Defensa Judicial, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», cumple los requisitos establecidos en la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, y en el Reglamento de 1 de agosto de 1985 (Real Decreto 1348/1985, «Boletín Oficial del Estado» del 3, 5 y 6).
En consecuencia, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Seguros, ha acordado:
Primero.-Autorizar a la entidad «Defensa Judicial, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» para el ejercicio de la actividad aseguradora privada, con ámbito nacional y en el ramo de defensa jurídica número 17, con arreglo al artículo 6 de la Ley 33/1984 y el Reglamento de 1 de agosto, sobre Ordenación del Mercado del Seguro Privado.
Segundo.-Inscribir, en consecuencia, a la entidad «Defensa Judicial, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo 40 de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, conforme a los dispuesto en el número 5 del artículo 6 de dicha Ley.
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 13 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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