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Documento BOE-A-1995-21906

Resolución de 20 de septiembre de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 3.551/1994, interpuesto por doña María Antonia Drake Thomas.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 4 de octubre de 1995, páginas 29221 a 29221 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-21906

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia, el 20 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 3.551/1994, interpuesto por doña María Antonia Drake Thomas, Presidenta de la Asociación Profesional de Subinspectores de Tributos, contra la Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda de 28 de marzo de 1988, que desestimó el recurso de reposición formulado contra la Orden de 5 de diciembre de 1986, que convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo entre funcionarios del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Antonia Drake Thomas, Presidenta de la Asociación Profesional de Subinspectores de Tributos, contra la Resolución de 28 de marzo de 1988, que desestimó el recurso de reposición formulado contra la Resolución de 5 de diciembre de 1986, debemos anular y anulamos la primera de dichas Resoluciones en cuanto no ajustada a Derecho, y en cuanto a la segunda, en el sentido de considerar que todas las plazas convocadas de Subinspector adscrito se entiendan del nivel 22 con las consecuencias administrativas y económicas que ello lleve aparejado; sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 20 de septiembre de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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