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Documento BOE-A-1995-22025

Resolución de 30 de septiembre de 1995, de la Secretaría General de Justicia, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Resolución de 27 de julio de 1994.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 6 de octubre de 1995, páginas 29493 a 29504 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-22025

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en las bases 8.4, 9.1, 9.2, 9.3 y 9.4 de la Resolución de 27 de julio de 1994, por la que se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turno libre, una vez remitida por el Tribunal calificador único la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, en la que se recogen las variaciones a que han dado lugar las reclamaciones estimadas por dicho Tribunal.

Esta Secretaría General ha acordado:

Primero.-Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, en cada ámbito geográfico, en la que se recogen las variaciones a que han dado lugar las reclamaciones formuladas al Acuerdo de 10 de julio de 1995, y estimadas por el Tribunal, de los aspirantes por el ámbito geográfico de Península y Baleares, don Alberto Tomás Piquer Sánchez, doña Montserrat Cervera Ruiz y doña María Carmen Chena Vila, cuya puntuación en la prueba optativa de manejo de máquinas de tratamiento informático pasa a ser 15,00 puntos en cada uno, por lo que ocupan el nuevo puesto de orden que por puntuación final les corresponde.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran como aprobados en esta relación definitiva, deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia e Interior, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana, número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en tanto no se produzca el desarrollo reglamentario de la citada Ley, también a través de las Oficinas de Correos, según lo establecido en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la siguiente documentación:

a) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar o título equivalente, o certificación acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función de Auxiliar de la Administración de Justicia, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos, con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las funciones que corresponden al Cuerpo a cuyo acceso aspire.

d) Declaración de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas (anexo I).

e) El certificado de penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia.

Tercero.-Ante la imposibilidad debidamente justificada, de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Cuarto.-Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Quinto.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos en la base 3.2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Sexto.-Contra la presente Resolución podrán los interesados formular recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de los dos meses siguientes, contados a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 30 de septiembre de 1995.-El Secretario general de Justicia, Fernando Escribano Mora.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos.

ANEXO I

Don/Doña , con domicilio en , de ................. años de edad, con documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En a ......... de de 1995 (RELACIONES OMITIDAS)

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