El Tribunal Constitucional, por Providencia de 12 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3.039/1995, planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 38.2.2 de la Ley 5/1990, de 29 de junio, y apartado a) del número 2 del artículo 3.4 del Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de junio, en la redacción dada por el artículo 38.2.1 de la Ley 5/1990, de 29 de junio, en cuanto establecen un gravamen complementario de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar.
Madrid, 12 de septiembre de 1995.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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