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Documento BOE-A-1995-22712

Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.517/1992, promovido por don Pedro Alvaro Martín.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 1995, páginas 30329 a 30329 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-22712

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 27 de junio de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.517/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Pedro Alvaro Martín, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 18 de junio de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 17 de junio de 1991, sobre compatibilidad.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que desestimamos el presente recurso interpuesto por la representación de don Pedro Alvaro Martín, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 17 de junio de 1991 y 18 de junio de 1992, ésta en reposición, descritas en el primero de los antecedentes de hecho, que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico, declarando la incompatibilidad del recurrente para el ejercicio de la actividad pública de su puesto como Subalterno en el Real Conservatorio Superior de Música con el empleo de Conserje del colegio universitario "Cardenal Cisneros", también público, ambas en Madrid, siendo esta actividad secundaria, en la que procede declararle en situación de excedencia o en la de cese que le corresponda de acuerdo con la normativa aplicable.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 4 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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