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Documento BOE-A-1995-22722

Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo 5/2.020/1992, promovido por don Pedro Vicente Martínez Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 1995, páginas 30332 a 30332 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-22722

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 24 de febrero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 5/2.020/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Pedro Vicente Martínez Fernández, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra resolución presunta del Ministerio para las Administraciones Públicas, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 10 de junio de 1991, sobre compatibilidad.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Pedro Vicente Martínez Fernández contra desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de junio de 1991, debemos anular y anulamos las expresadas Resoluciones por su disconformidad a Derecho, declarando el derecho del recurrente a compatibilizar su puesto de Ingeniero Técnico -Jefe del Grupo- del Instituto Nacional de la Salud, con destino en el hospital nacional "Marqués de Valdecillas", de Santander, con el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico-Industrial, sin perjuicio del deber de recabar el reconocimiento específico para cada proyecto o trabajo técnico en que así proceda y de las demás prevenciones a que se hace referencia en el penúltimo de los fundamentos de Derecho de la presente Resolución; sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 4 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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