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Documento BOE-A-1995-22856

Resolución de 21 de julio de 1995, de la Dirección General de la Energía, por la que se homologa, a efectos de seguridad contra la emisión de radiaciones ionizantes, el equipo generador de rayos X de la marca «Asoma Instruments, Inc.», serie 200T.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 20 de octubre de 1995, páginas 30719 a 30720 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-22856

TEXTO ORIGINAL

Recibida en esta Dirección General la documentación presentada por «Eurocomercial, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Cervantes, número 21, Oviedo, por la que solicita la homologación del equipo generador de rayos X de la marca «Asoma Instruments, Inc.», serie 200T;

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación solicita, y que el laboratorio de verificación del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), mediante dictamen técnico, y el Consejo de Seguridad Nuclear por informe, han hecho constar que los modelos presentados cumplen con las normas de homologación de aparatos radiactivos;

Considerando que por el Comité Permanente de Reglamentación y Homologación de este Ministerio, se ha informado favorablemente;

Vista la Orden de 20 de marzo de 1975, por la que se aprueban las normas de homologación de aparatos radiactivos («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril);

De acuerdo con el Consejo de Seguridad Nuclear,

Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto homologar, a efectos de seguridad contra la emisión de radiaciones ionizantes, el equipo generador de rayos X de la marca «Asoma Instruments, Inc.», serie 200T, con la contraseña de homologación NHM-X111.

La homologación que se otorga por la presente Resolución queda supeditada a las siguientes condiciones:

Primera.-El equipo radiactivo que se homologa es un generador de rayos X de la marca «Asoma Instruments, Inc.», serie 200T, de 30 kV, 133 mA y 9 vatios, de tensión, intensidad de corriente y potencia máximas, respectivamente.

Segunda.-El uso a que se destina el equipo radiactivo es el análisis de muestras por fluorescencia de rayos X.

Tercera.-Cada equipo radiactivo deberá llevar marcado de forma indeleble, al menos, la marca y modelo o el número de homologación, la palabra «Radiactivo» y el número de serie.

Además, llevará una etiqueta en la que figure, al menos, el importador, la fecha de fabricación, el distintivo básico recogido en la norma UNE 73-302 y la palabra «Homologado».

La marca y etiqueta indicadas anteriormente se situarán en el exterior del equipo y en un lugar visible.

Cuarta.-Cada equipo radiactivo suministrado debe ir acompañado de la siguiente documentación:

I. Un certificado en el que se haga constar:

a) Número de serie del equipo y fecha de fabricación.

b) Declaración de que el prototipo ha sido homologado por la Dirección General de la Energía, con el número de homologación, fecha de la Resolución y de la del «Boletín Oficial del Estado» en que ha sido publicada.

c) Declaración de que el equipo corresponde exactamente con el prototipo homologado y que la intensidad de dosis de radiación en todo punto exterior a 0,1 metros de la superficie del equipo suministrado no sobrepasa 1 mSv/h.

d) Uso para el que ha sido autorizado y período válido de utilización.

e) Especificaciones recogidas en el certificado de homologación del equipo.

f) Especificaciones y obligaciones técnicas para el usuario que incluyan las siguientes:

i) No se deberán retirar las indicaciones o señalizaciones existentes en el equipo.

ii) El equipo debe ser utilizado sólo por personal que sea encargado expresamente para su utilización, para lo cual se le hará entrega del manual de operación del equipo para su conocimiento y seguimiento.

iii) Se llevará a cabo la asistencia técnica y verificaciones periódicas sobre el equipo que se recojan en su programación de mantenimiento a fin de asegurar que sigue cumpliendo todos los requisitos que le fueron exigidos para su homologación desde el punto de vista de la seguridad y protección radiológica y se dispondrá de un registro de los comprobantes, donde consten los resultados obtenidos.

II. Manual de operación en español que recoja las características técnicas e instrucciones de manejo del equipo, información sobre los riesgos de las radiaciones ionizantes y las recomendaciones básicas de protección radiológica a tener en cuenta en la utilización del equipo y las actuaciones a seguir en caso de avería de alguno de los sistemas de seguridad.

III. Programa de mantenimiento en español que recoja la asistencia técnica y las verificaciones periódicas que el fabricante recomiende llevar a cabo sobre los parámetros o sistemas relacionados con la seguridad radiológica del equipo, incluyendo, al menos, una revisión cada dos años y una previa a la puesta en marcha del equipo tras su instalación, o tras una avería o incidente que pudiera afectar a su seguridad y que comprenda:

Una verificación de que la intensidad de dosis a 0,1 metros de su superficie no sobrepasa 1 mSv/h.

Una verificación del correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad y de las señalizaciones del equipo.

IV. Recomendaciones del importador relativas a medidas impuestas por la autoridad competente del país de origen.

Quinta.-El equipo marca «Asoma Instruments Inc.», serie 200T, queda sometido al régimen de comprobaciones que establece el artículo IV de la Orden de 20 de marzo de 1975, sobre normas de homologación de aparatos radiactivos.

Sexta.-Las siglas y número que corresponden a la presente homologación son NHM-X111.

Séptima.-El importador, vendedor o instalador del equipo marca «Asoma Instruments Inc», serie 200T deberá tener disponible para la autoridad competente un registro de los suministros que efectúe, en el que se recoja nombre y domicilio del comprador o usuario, fecha de suministro y número de serie de los equipos. Cuando las citadas entidades cesen en sus actividades deberá remitir un informe de los suministros efectuados al Consejo de Seguridad Nuclear.

Madrid, 21 de julio de 1995.-La Directora general, María Luisa Huidobro y Arreba.

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