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Documento BOE-A-1995-22865

Decreto 199/1995, de 21 de septiembre por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico, la villa de San Esteban de Gormaz (Soria).

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 20 de octubre de 1995, páginas 30727 a 30727 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-22865

TEXTO ORIGINAL

La villa de San Esteban de Gormaz, con un importante pasado romano, conserva, empotrados en los muros, restos abundantísimos de epigrafía romana, funeraria y religiosa, y vestigios medievales de iglesias y fortificaciones.

Repoblada por el Conde de Castilla, don Gonzalo Fernández, en el año 912, fue una de las llamadas «Puertas de Castilla», y, durante el siglo X campo de numerosas batallas por su singular importancia estratégica en la línea defensiva del Duero, surgiendo como plaza fortificada, con un núcleo compuesto por un castillo emplazado en la cima de un cerro o colina, dominando la aldea civil, que se apiña dentro de sus propias fortificaciones. San Esteban se configura por tanto como «burgo», que toma un modelo de crecimiento orgánico, adaptado a la topografía del territorio: Calles principales interiores al recinto amurallado, dispuestas longitudinalmente en la falda del cerro, y vías transversales con acusada pendiente.

La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 10 de febrero de 1982, incoó expediente de declaración como conjunto histórico-artístico, a favor de la villa de San Esteban de Gormaz (Soria).

La Universidad de Valladolid, con fecha 21 de septiembre de 1994, informó favorablemente la declaración por constituir un conjunto muy valioso y merecedor de la categoría de bien de interés cultural.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho núcleo con la categoría de conjunto histórico, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, Real-Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería. previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 21 de septiembre de 1995, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de Conjunto Histórico, la villa de San Esteban de Gormaz (Soria).

Artículo 2.

La zona afectada por la declaración viene delimitada:

Al norte: Por el camino de la Cava, sigue por el eje del camino del Castillo a San Miguel, hasta el cerro del Castillo, y desde aquí por la vía férrea del ferrocarril hasta salida Quintanilla.

Al este: Eje de salida Quintanilla y calle Convento, hasta su cruce con avenida Generalísimo.

Al sur: Por el eje de la avenida Generalísimo hasta su confluencia con el camino vecinal a Alcubilla y Liceras.

Al oeste: Eje del camino vecinal de Acubilla a Liceras.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, y recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición previo, o en el plazo de un año, si la resolución expresa no se produjera en el plazo de un mes.

Valladolid, 21 de septiembre de 1995.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-La Consejera de Educación y Cultura, Josefa Eugenia Fernández Arufe.

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