La entidad «La Unión Madrileña de Seguros, Sociedad Anónima» ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la cesión de la totalidad de la cartera de seguros de la entidad «Seguros Solidaridad Médica Matritense, Sociedad Anónima».
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley de Ordenación del Seguro Privado de 2 de agosto de 1984; artículo 82 del Reglamento de 1 de agosto de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 3, 5 y 6), y artículo 23 de la Orden de 7 de septiembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» del 14).
En consecuencia, este Ministerio a propuesta de la Dirección General de Seguros ha acordado lo siguiente:
Primero.-Autorizar la cesión de la totalidad de la cartera de seguros de la entidad «Seguros Solidaridad Médica Matritense, Sociedad Anónima», a la entidad «La Unión Madrileña de Seguros, Sociedad Anónima».
Segundo.-Revocar la autorización para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad «Seguros Solidaridad Médica Matritense, Sociedad Anónima».
Tercero.-Cancelar la inscripción del Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la entidad «Seguros Solidaridad Médica Matritense, Sociedad Anónima».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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