Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), con fecha 9 de marzo de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 571/1993, promovido por don Expédito Silva Lorenzo, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso formulado por don Expédito Silva contra los actos administrativos sancionadores descritos en nuestro primer fundamento jurídico, declaramos la nulidad de pleno derecho de tales actos por haberse dictado por órganos manifiestamente incompetentes para imponer las sanciones. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 11 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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