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En el recurso contencioso-administrativo número 764/1990, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Bayer, A.G.», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de marzo de 1989 y 20 de noviembre de 1989, se ha dictado, con fecha 5 de mayo de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Pombo García, actuando en nombre y representación de la entidad "Bayer, A.G.", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de marzo de 1989, por la que se declaró caducada la patente de introducción número 538.828 como consecuencia del impago de la segunda anualidad, así como contra la de 20 de noviembre de 1989, por la que se desestimó el recurso de reposición formalizado contra la misma, debemos declarar y declaramos que dichas Resoluciones son ajustadas a Derecho. Sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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