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Documento BOE-A-1995-24019

Resolución de 3 de noviembre de 1995, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se anuncia concurso de traslado para la provisión de plazas vacantes de la Categoría Segunda del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 1995, páginas 32196 a 32197 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-24019

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 y disposición transitoria cuarta del Real Decreto 429/1988, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales,

Esta Secretaría de Estado ha acordado anunciar a concurso de traslado la provisión de las plazas vacantes de la Categoría Segunda del indicado Cuerpo, que figuran en el anexo.

El concurso se ajustará a las siguientes normas:

Primera.-Podrán tomar parte en este concurso los Secretarios que pertenezcan a la Categoría Segunda del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Segunda.-No podrán concursar:

a) Los Secretarios Judiciales electos.

b) Los que hubieren obtenido destino a su instancia en concurso, antes de transcurrir dos años desde la fecha en que tomaron posesión en dicha plaza.

c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran dos años; o cinco, para obtener destino en la misma localidad en que se les impuso la sanción.

d) Los suspensos.

Tercera.-El nombramiento de Secretarios para las plazas vacantes recaerá en el solicitante con mejor puesto escalafonal.

Cuarta.-Para participar en el concurso a las plazas de nueva creación, no regirán las limitaciones de los apartados a) y b) de la norma segunda del presente concurso, cuando se trate de órganos jurisdiccionales de nueva creación que no supongan mero aumento del número de los ya existentes en la misma población.

Quinta.-Para la provisión de las plazas vacantes en Comunidades Autónomas que tengan lengua oficial propia, el conocimiento oral y escrito de aquélla, debidamente acreditado por medio de certificación oficial, supondrá un reconocimiento, a estos solos efectos, de seis años de antigüedad, además de los que tuviera en funcionario.

Sexta.-Se concede un plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», para que los interesados puedan formular sus peticiones con sujeción a los aludidos preceptos, mediante instancia que deberá ser dirigida a la Secretaría General de Justicia (Ministerio de Justicia e Interior), sin que puedan tomarse en consideración las instancias que hayan tenido entrada en el Registro General del expresado Ministerio transcurrido aquel plazo, a menos que hubieran sido presentadas en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en ellas se indicarán las vacantes a que aspiren, numerándolas correlativamente por orden de preferencia, con indicación de la fecha de posesión del último destino. Si venciere en día inhábil se entenderá prorrogado el vencimiento al primer día hábil siguiente. Los que residan fuera de la Península podrán formular su solicitud por telégrafo, sin perjuicio de ratificarla mediante la oportuna instancia. En tanto no se produzca el desarrollo de la citada Ley, las solicitudes se podrán presentar también a través de las oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Séptima.-Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

Octava.-Los que resulten nombrados para el desempeño de las plazas anunciadas en este concurso no podrán participar en otro de traslado, hasta transcurridos dos años desde la fecha de la toma de posesión de las mismas.

Novena.-Los Secretarios nombrados a las plazas de nueva creación tomarán posesión el día que inicien las funciones los órganos judiciales de referencia, lo que ha sido anunciado en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que por delegación de la excelentísima señora Secretaria de Estado de Justicia, de 20 de julio de 1994, comunico a V. I., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de noviembre de 1995.-P. D., el Secretario general de Justicia, Fernando Escribano Mora.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos.

ANEXO

Vacantes ofertadas de Segunda Categoría

Alicante. Audiencia Provincial, sección número 6. (Nueva creación).

Almería. Audiencia Provincial, sección número 2. (Nueva creación).

Barcelona. Audiencia Provincial, sección número 9.

Girona. Audiencia Provincial, sección número 3. (Nueva creación).

Madrid. Juzgado Central de Instrucción número 6. (Nueva creación).

Palma de Mallorca. Audiencia Provincial, sección número 5. (Baleares). (Nueva creación).

Tarragona. Audiencia Provincial, sección número 3. (Nueva creación).

Granada. Primera Instancia número 4.

Madrid. Primera Instancia, Servicio Com. Notificaciones.

Palma de Mallorca. Primera Instancia número 8 (Baleares).

La Coruña. Instrucción número 3 (La Coruña).

Gijón. Instrucción número 1 (Asturias).

Las Palmas de Gran Canaria. Instrucción número 7 (Las Palmas).

Alcalá de Henares. Primera Instancia e Instrucción número 4. (Madrid).

Algeciras. Primera Instancia e Instrucción número 5. (Cádiz).

Cartagena. Primera Instancia e Instrucción número 6. (Murcia).

Castellón de la Plana. Primera Instancia e Instrucción número 8. (Castellón).

Eivissa. Primera Instancia e Instrucción número 5. (Baleares).

Fuenlabrada. Primera Instancia e Instrucción número 1. (Madrid).

Fuenlabrada. Primera Instancia e Instrucción número 5. (Madrid).

Granollers. Primera Instancia e Instrucción número 1. (Barcelona).

Huelva. Primera Instancia e Instrucción número 9. (Nueva creación).

L'Hospitalet de Llobregat. Primera Instancia e Instrucción número 5. (Barcelona).

Mataró. Primera Instancia e Instrucción número 2. (Barcelona).

Mataró. Primera Instancia e Instrucción número 6. (Barcelona).

Sabadell. Primera Instancia e Instrucción número 9. (Barcelona). (Nueva creación).

Santa Cruz de Tenerife. Primera Instancia e Instrucción número 11. (Nueva creación).

Alicante. Penal número 7. (Nueva creación).

Almería. Penal número 3. (Nueva creación).

Castellón de la Plana. Penal número 3. (Castellón). (Nueva creación).

Ceuta. Penal número 2. (Cádiz). (Nueva creación).

Orense. Penal número 2. (Nueva creación).

Palma de Mallorca. Penal número 4. (Baleares).

Palma de Mallorca. Penal número 5. (Baleares).

Zaragoza. Penal número 1.

Badajoz. Juzgado de lo Social número 3. (Nueva creación).

Barcelona. Juzgado de lo Social número 27.

Barcelona. Juzgado de lo Social número 29.

Bilbao. Juzgado de lo Social número 8. (Vizcaya).

Ferrol. Juzgado de lo Social número 2. (La Coruña). (Nueva creación).

Murcia. Juzgado de lo Social número 6. (Nueva creación).

Vitoria-Gasteiz. Juzgado de lo Social número 3. (Alava). (Nueva creación)

Vacantes ofertadas de categoría

Total plazas: 42.

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