Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 20 de mayo de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.087/1991, promovido por don José Rosales Henríquez, relativo a expediente disciplinario; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Estimamos, íntegramente, el recurso contencioso-administrativo número 03/1087/1991, interpuesto por don José Rosales Henríquez, contra las Resoluciones de 9 de febrero de 1990 y 9 de febrero de 1991, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que le impusieron las sanciones de cuatro años de suspensión por incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades, y la de apercibimiento por no cumplimiento del horario de trabajo, y, en consecuencia, anulamos dichos actos, por ser contrarios al ordenamiento jurídico, condenando a la Administración General del Estado demandada, a estar y pasar por estas declaraciones y a su efectividad; sin condena en las costas causadas en el proceso.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 21 de diciembre de 1994.-El Ministro.-P. D. (Orden de 30 de julio de 1990).-El Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director General de Servicios.
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