En el recurso contencioso-administrativo número 75/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Lacer, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de octubre de 1990 y 15 de julio de 1991, se ha dictado, con fecha 28 de octubre de 1993, por el citado Tribunal sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Alvarez Buylla, actuando en nombre y representación de "Lacer, Sociedad Anónima", contra las resoluciones a que estas actuaciones se contraen y sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. Madrid, 29 de septiembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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