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Documento BOE-A-1995-24942

Orden de 20 de octubre de 1995 por la que se autoriza la impartición de las enseñanzas de Grado Elemental de Música al centro «Real Musical Asturias», de Oviedo.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 1995, páginas 33135 a 33135 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-24942

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don José Luis Iglesias García, como representante del centro privado reconocido de Grado Elemental de Música «Real Musical Asturias», de Oviedo, en el que se solicita autorización para la impartición del Grado Elemental de Música al amparo de la disposición transitoria primera del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas;

Considerando que se cumple lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la impartición de las enseñanzas de Grado Elemental de Música al centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro autorizado de Grado Elemental de Música.

Denominación específica: «Real Musical Asturias».

Titular: «Musical Asturias, Sociedad Anónima».

Domicilio: Calle Principado, 9.

Localidad: Oviedo.

Municipio: Oviedo.

Provincia: Asturias.

Enseñanzas que se autorizan: Grado Elemental de Música. Piano, Violín, Viola, Violoncello, Flauta travesera, Clarinete, Trompeta y Guitarra.

Número de puestos escolares: 200.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, al Conservatorio Superior de Música de Oviedo.

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, ««Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares. Departamento.

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