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Documento BOE-A-1995-25362

Orden de 7 de noviembre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1.042/1992, promovido por doña María Luisa Lázaro Gay.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de noviembre de 1995, páginas 33846 a 33846 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-25362

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 5 de mayo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.042/1992, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Luisa Lázaro Gay, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 18 de mayo de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del propio departamento de fecha 23 de octubre de 1991 sobre certificación del período de tiempo de servicios previos.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Luisa Lázaro Gay, representada por el Procurador de los Tribunales don José Sánchez Jáuregui, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas que determinó el contenido de la certificación de servicios previos de la recurrente de la Comisión Liquidadora de Organismos y contra la de 18 de mayo de 1992 que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones contrarias a derecho solamente en cuanto no reconocen a la actora el mes de febrero de 1947, ordenando el reconocimiento de tal mes y manteniendo el resto de la certificación expedida; sin hacer especial imposición de las costas del recurso.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 7 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmo Sr. Subsecretario.

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