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Documento BOE-A-1995-25434

Orden de 20 de noviembre de 1995 por la que se corrigen errores de la de 3 de octubre de 1995 por la que se convoca la segunda edición de la Cátedra «Severo Ochoa».

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1995, páginas 33920 a 33921 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-25434

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 13 de octubre de 1995, el «Boletín Oficial del Estado» ha publicado la Orden de este Departamento de 3 de octubre de 1995 por la que se convoca la segunda edición de la Cátedra «Severo Ochoa».

Detectados diversos errores y omisiones en la publicación de la citada Orden, resulta necesario proceder a su rectificación, en los términos que se recogen a continuación:

Primero.-En el apartado primero, donde dice: «... se denominará Cátedra "Severo Ochoa" en Biología, Biomedicina, Química, Biología y Biofísica», debe decir: «... se denominará Cátedra "Severo Ochoa" en Biología, Biomedicina, Bioquímica, Química Biológica y Biofísica».

Segundo.-En el apartado segundo, donde dice: «... con sujeción a las bases que figuran en el anexo a la presente Orden», debe decir: «... con sujeción a las bases que figuran en los dos anexos a la presente Orden».

Tercero.-En el apartado quinto, donde dice: «... según se dispone en el apartado V del anexo a la presente Orden», debe decir: «... según se dispone en el apartado V de los dos anexos a la presente Orden».

Cuarto.-El anexo a la Orden de 3 de octubre de 1995 pasa a ser el anexo I.

En el título de dicho anexo, donde dice: «Bases de la convocatoria de la segunda edición de la Cátedra "Severo Ochoa" en Biología, Biomedicina, Bioquímica, Química Biológica y Biofísica», debe decir: «Bases de la convocatoria de la segunda edición de la Cátedra "Severo Ochoa" en Biología, Biomedicina, Bioquímica, Química Biológica y Biofísica (modalidad investigador extranjero en España)».

En el apartado III de este anexo, párrafo primero, donde dice: «... o por un conjunto de, al menos, diez científicos del área mencionada», debe decir: «... o por un conjunto de, al menos, diez científicos de las áreas mencionadas».

En el apartado III de este anexo, párrafo segundo, donde dice: «... enviarán al Presidente del Jurado un escrito en el que harán constar los méritos ...», debe decir: «... enviarán al Presidente del Jurado, a través de su Secretaría (Presidencia del CSIC, Serrano 117, 28006 Madrid) un escrito en el que harán constar los méritos...».

En el apartado IV de este anexo, párrafo primero, donde dice: «La Cátedra en la presente edición está dotada con la cantidad...», debe decir: «La Cátedra en la presente edición y modalidad está dotada con la cantidad...».

Quinto.-Se añade a la Orden de 3 de octubre de 1995 el siguiente anexo II:

«ANEXO II

Bases de la convocatoria de la segunda edición de la Cátedra "Severo Ochoa" en Biología, Biomedicina, Bioquímica, Química Biológica y Biofísica (modalidad investigador español en el extranjero)

I. Modalidad

Las presentes bases se corresponden con la modalidad de estancia del investigador premiado en un centro extranjero.

II. Requisitos de los candidatos

Ser español y haber realizado una labor investigadora relevante en el campo de la Biología, la Biomedicina, la Bioquímica, la Química Biológica o la Biofísica durante los cinco últimos años.

III. Propuesta de candidatos

Los candidatos que concurran a la Cátedra podrán ser presentados por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, las Reales Academias de España, el Consejo de Universidades, las Universidades o por un conjunto de, al menos, diez científicos de las áreas mencionadas.

Las instituciones o grupos proponentes enviarán al Presidente del Jurado, a través de su Secretaría (Presidencia del CSIC, Serrano, 117, 28006 Madrid), un escrito en el que harán constar los méritos y circunstancias especiales que concurran en el investigador que presentan, así como una propuesta del plan de estancia y trabajo a realizar. Esta documentación deberá ir acompañada de la aceptación del candidato por parte del centro investigador elegido por el mismo para la estancia en el extranjero.

En todo caso, con las propuestas habrán de remitirse las cinco publicaciones más representativas del trabajo realizado, el currículum vitae del candidato y cualquier otra documentación que pueda ser de interés para la decisión que haya de adoptar el Jurado.

IV. Cuantía del premio

La Cátedra en la presente edición y modalidad está dotada con la cantidad de 8.000.000 de pesetas. Dicho importe deberá sufragar necesariamente los gastos que ocasione la estancia al candidato premiado, incluyendo desplazamiento desde su lugar de procedencia y regreso, alojamiento y otros que pudieran derivarse del disfrute del premio.

La referida cantidad será entregada al beneficiario con dos meses de antelación a la fecha fijada para el comienzo de su estancia en el extranjero.

V. Jurado

El Jurado tendrá la composición establecida en el apartado undécimo de la Orden de 5 de enero de 1994, modificado por el apartado segundo de la Orden que aprueba la convocatoria correspondiente a dicho año. Ello no obstante, la actividad científica desarrollada por los miembros del Jurado deberá corresponderse con los campos de la Biología, la Biomedicina, la Bioquímica, la Química Biológica o la Biofísica.

El fallo del Jurado será inapelable, y podrá declararse desierto el Premio si se considera que los méritos presentados por los candidatos no son suficientes para que sea otorgado.

VI. Plazos

El plazo para la presentación de candidatos será de tres meses a partir de la publicación de la presente convocatoria. Transcurrido el mismo, el Jurado deberá adoptar su decisión dentro de los tres meses siguientes.

El período de estancia en el extranjero del candidato premiado será de un año. No podrán transcurrir más de tres años entre la concesión del premio y la finalización de la estancia del beneficiario en el país en que vaya a realizar su trabajo. Si transcurridos dos años desde su concesión, el investigador seleccionado no se hace cargo del premio otorgado perderá todo derecho a su disfrute, quedando anulado y sin efecto el fallo del Jurado por el que le hubiera sido concedido.

VII. Compatibilidad

La obtención y disfrute de la Cátedra "Severo Ochoa" será compatible con cualquier tipo de remuneración, beca, ayuda o prestación, así como la percepción de subvenciones y ayudas para estancia en centros de investigación, tanto españoles como extranjeros, incluido el régimen de año sabático».

Madrid, 20 de noviembre de 1995.

SAAVEDRA ACEVEDO

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades e Investigación.

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