En virtud de lo establecido en el artículo 3.º de la Ley del Monopolio fiscal de tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio de la península e islas Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores:
Primero.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendurías de tabaco y timbre de la península e islas Baleares, serán los siguientes:
Precio total de venta al públicoPesetas/unidad
A) Cigarros
Vargas:
Presidentes / 395
Senadores / 340
Diplomáticos / 275
Capitolios / 245
Cremas / 198
Panetelas / 300
Teneguia:
Campeones / 325
Nuncios / 260
Coronas / 220
Elegantes / 150
Panetelas / 220
Peña:
Palmeritos 1 / 150
Palmeritos 2 / 125
La Criolla:
Número 3 / 98
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de noviembre de 1995.-El Delegado, Jaime Sanmartín Fernández.
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