En el recurso contencioso-administrativo número 720/1989, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Ordesa, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de febrero de 1989, se ha dictado, con fecha 5 de junio de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad "Ordesa, Sociedad Anónima", contra la Resolución de fecha 20 de febrero de 1989, del Registro de la Propiedad Industrial, declarándola conforme a derecho. Sin hacer mención de las costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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