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Documento BOE-A-1995-26412

Orden de 21 de noviembre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo 1.070/1993, promovido por doña María Nieves Ingelmo San celedonio.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 5 de diciembre de 1995, páginas 35246 a 35247 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-26412

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha dictado sentencia, con fecha 14 de septiembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.070/1993, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Nieves Ingelmo Sanceledonio, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 16 de julio de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 14 de enero de 1993, sobre prestación por hijo minusválido.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: En atención al o expuesto, la Sección Segunda de esta Sala ha decidido: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto para la Procuradora doña María Soledad Tuñón Alvarez, en nombre y representación de doña María Nieves Ingelmo Sanceledonio, contra Resoluciones de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 15 de enero de 1992 y 14 de enero de 1993, y de la Subsecretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas de 16 de julio de 1993, estando representada la Administración por el Abogado del Estado, acuerdos que se mantienen por ser conformes a Derecho; sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, ese Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 21 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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