Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-26570

Orden de 21 de noviembre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 3/1253/1991, promovido por don Fernando Aguado Encabo y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 8 de diciembre de 1995, páginas 35462 a 35462 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-26570

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 6 de junio de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1253/1991 en el que son partes, de una, como demandantes don Fernando Aguado Encabo y otros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la resolución presunta del Ministerio para las Administraciones Públicas, desestimatoria de la solicitud de indemnización de daños y perjuicios formulada el 7 de febrero de 1989, sobre retraso en el nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo Especial de Facultativos de Meteorología.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que estimando parcialmente el presente recurso número 3/1253/1991, interpuesto por la representación de don Fernando Aguado Encabo, don José Miguel Fernández Serdán, don Eduardo Francisco Monreal Franco y don José María Sánchez Lahule Ollero, contra la denegación presunta de la solicitud formulada al Ministerio para las Administraciones Públicas el 7 de febrero de 1989, declaramos el derecho de los recurrentes a que su nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo Especial de Facultativos de Meteorología se produzca con efectos administrativos de junio de 1986, efectos que, como su proyección económica, sólo serán exigibles por los recurrentes desde su solicitud de 7 de febrero de 1989.

Segundo.-Que debemos desestimar y desestimamos las demás pretensiones ejercitadas en al demanda.

Tercero.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 21 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid