En el recurso contencioso-administrativo número 883/1994, seguido a instancia de doña María Patrocinio Fernández Becerra, y que versa sobre Resolución dictada por el Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 3 de marzo de 1994, desestimatoria de solicitud de abono de trienios ante el Ministerio del Interior, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con fecha 21 de noviembre de 1995, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Patrocinio Fernández Becerra, contar los actos reflejados en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, los cuales se confirman por ser ajustados a Derecho y todo ello sin efectuar declaración alguna en cuanto a costas.»
En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Badajoz, 27 de noviembre de 1995.-El Rector, César Chaparro Gómez.
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