Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-1995-27675

Resolución de 10 de noviembre de 1995, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 25 de diciembre de 1995, páginas 36877 a 36879 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-27675

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 19 de octubre de 1995 un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a la presente Resolución.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de noviembre de 1995.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS DE ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA (CERO-TRES AÑOS)

En Madrid, a 19 de octubre de 1995.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora doña Cristina Alberdi Alonso, Ministra de Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995 y, de otra parte, la excelentísima señora doña Cristina Gutiérrez-Cortines Corral, Consejera de Cultura y Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

EXPONEN

Primero.-Que al Ministerio de Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 727/1988, de 11 de julio, 791/1988, de 20 de julio, 2129/1993, de 3 de diciembre, y en el artículo segundo del Real Decreto 2309/1994, de 2 de diciembre.

Segundo.-Que la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 31), recoge una partida presupuestaria en el concepto 27.04.313O.451.01, con destino a programas de desarrollo de los servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Tercero.-Que es voluntad del Ministerio de Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar los servicios existentes de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Cuarto.-Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ostenta competencias en materia de bienestar social y servicios sociales, de acuerdo con el artículo 10.1 de su Estatuto (Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero, 2415/1983, de 20 de julio y 844/1984, de 25 de enero de 1985.

Quinto.-Que la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales en su reunión celebrada el día 25 de octubre de 1994 fijó los criterios para la selección de los programas a subvencionar con cargo al capítulo presupuestario referido, siendo aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 3 de marzo del presente año («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril).

Sexto.-Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por lo que acuerdan suscribir el Convenio de colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con arreglo a las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de los programas destinados a crear servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años) que se especifican en el anexo de este Convenio.

Segunda.-La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.

Tercera.-Para sufragar los costes de las mencionadas experiencias, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las Corporaciones Locales, éstas últimas de conformidad con los acuerdos suscritos con la Comunidad, aportan la cantidad total de 42.164.074 pesetas, como participación en la financiación de los programas, de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Cuarta.-El Ministerio de Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 27.04.313O.451.01, aporta la cantidad de 22.566.600 pesetas como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Al estar afectado este crédito por la limitación en el reconocimiento de obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Ministros sobre medidas a adoptar para el cumplimiento del artículo 11 de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, el Ministerio de Asuntos Sociales transferirá en el año 1995 la cantidad de 19.927.662 pesetas y 2.638.938 pesetas en el año 1996.

Quinta.-El Ministerio de Asuntos Sociales transferirá la cantidad señalada en la cláusula anterior, una vez firmado este Convenio.

Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:

A) Aplicar los fondos aportados por el Ministerio de Asuntos Sociales a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de colaboración.

B) Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.

C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.

Séptima.-La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

Información económica.

Actividades realizadas.

Recursos utilizados.

Sectores atendidos.

Resultados obtenidos.

Datos estadísticos.

Dificultades y propuestas.

Valoración del programa.

Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se constituye una Comisión Mixta formada por los siguientes miembros:

Tres representantes del Ministerio de Asuntos Sociales designados por el Subsecretario del Departamento.

Tres representantes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Serán funciones de esta Comisión:

a) El conocimiento, seguimiento y valoración de los programas acordados.

b) La aprobación de la Memoria.

c) La interpretación del presente Convenio.

La comisión se reunirá con la periodicidad que se determine en el momento de su constitución y, en todo caso, para aprobar la Memoria a que se hace referencia en la cláusula séptima.

En la reunión de constitución de la Comisión se realizará una evalución inicial de la puesta en marcha del programa.

Novena.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.

Décima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.

La Ministra de Asuntos Sociales, Cristina Alberdi Alonso.-La Consejera de Cultura y Educación, Cristina Gutiérrez-Cortines Corral.

ANEXO

Aportación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Corporaciones Locales y Ministerio de Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. 1995

Pesetas

1. Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Escuela Infantil «Los Alcázares», financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.581.746

Aportación MAS / 735.039

2. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Alguazas, financiada en 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.323.532

Aportación MAS / 1.306.468

3. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil «Gloria Fuertes» de Alhama de Murcia, financiada de 1992 a 1994, ambos inclusive:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 3.022.031

Aportación MAS / 916.875

4. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Archena, financiada en 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 774.962

Aportación MAS / 774.962

5. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Calasparra, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 3.076.650

Aportación MAS / 707.250

6. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Campos del Río, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.815.501

Aportación MAS / 1.427.026

7. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Caravaca de la Cruz, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.328.738

Aportación MAS / 664.369

8. Continuidad de la ampliación de plazas en la Escuela Infantil «La Milagrosa», de Cartagena, financiada de 1992 a 1994, ambos inclusive:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 2.319.643

Aportación MAS / 2.158.247

9. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil «La Milagrosa», de Cartagena, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.691.004

Aportación MAS / 1.554.166

10. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Ceutí, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 2.921.630

Aportación MAS / 1.106.573

11. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Cieza, financiada de 1992 a 1994, ambos inclusive:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.808.069

Aportación MAS / 691.931

12. Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Escuela Infantil de Lorquí, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 849.761

Aportación MAS / 849.761

13. Continuidad de la ampliación de horario en las Escuelas Infantiles de Molina de Segura, financiada de 1992 a 1994, ambos inclusive:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.477.407

Aportación MAS / 1.477.407

14. Continuidad de la ampliación de plazas en las Escuelas Infantiles de «San Roque», de Algezares, y «Nuestra Señora de los Angeles», de Sangonera, del Ayuntamiento de Murcia, financiadas de 1992 a 1994, ambos inclusive:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 4.929.487

Aportación MAS / 3.402.869

15. Continuidad de la ampliación de horario en las Escuelas Infantiles de Torre Pacheco, financiada de 1992 a 1994 ambos inclusive:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 1.583.252

Aportación MAS / 1.100.000

16. Continuidad de la ampliación de horario en período estival en las Escuelas Infantiles de Torre Pacheco, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 3.508.174

Aportación MAS / 636.091

17. Continuidad de la ampliación de plazas en la Escuela Infantil de Totana, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 3.435.760

Aportación MAS / 759.240

18. Continuidad de la ampliación de horario en período estival en la Escuela Infantil de La Unión, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 644.814

Aportación MAS / 644.814

19. Continuidad de la ampliación de horario en las Escuelas Infantiles de Yecla, financiada en 1993 y 1994:

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. / 4.071.913

Aportación MAS / 1.653.512

Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales / 42.164.074

Total aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 22.566.600

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid