De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia sobre indemnización por residencia eventual.
Madrid, 12 de diciembre de 1995.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.
Excmo. Sr. Director general de Enseñanza.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid