En el informe elaborado por la Intervención del Estado en la liquidación «Fondo Asegurador, Sociedad Anónima de Seguros», ha quedado constatado que la liquidación de la entidad se encuentra paralizada por causas imputables al Liquidador, así como que el mismo ha incumplido reiteradamente sus obligaciones de remisión de documentación relativa a la liquidación de la entidad, circunstancias, ambas, contempladas en la letra d) del artículo 2.º del Real Decreto-ley 10/1984, de 11 de julio.
En su virtud, vista la documentación obrante en el expediente, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 2.d) del Real Decreto-ley 10/1984, de 11 de julio, y 97.3 y 102 del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado, aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto,
Esta Dirección General ha acordado:
Primero.-Que la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras asuma la liquidación de «Fondo Asegurador, Sociedad Anónima de Seguros».
Segundo.-Dejar en suspenso la Intervención del Estado en la liquidación de la citada entidad.
Madrid, 18 de enero de 1995.-El Director general de Seguros, Antonio Fernández Toraño.
Ilmo. Sr. Presidente de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.
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