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Documento BOE-A-1995-3014

Decreto 312/1994, de 29 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico, a favor de la villa de Villadiego (Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 1995, páginas 3592 a 3592 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-3014

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 18 de febrero de 1982, incoó expediente de declaración como conjunto histórico-artístico a favor de la villa de Villadiego (Burgos).

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 87/1991, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se establece el órgano competente para la resolución de expedientes en materia de bien de interés cultural de competencia de la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho núcleo con la categoría de conjunto histórico y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 87/1991, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto el informe de la asesoría jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 29 de diciembre de 1994, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico, la villa de Villadiego (Burgos).

Artículo 2.

El conjunto viene delimitado por:

Polígono definido por la línea que, con origen en el encuentro de la calle Fuentes con la calle San Lorenzo, sigue en dirección norte, rodeando la iglesia de San Lorenzo hasta salir a la calle Jarama. Por el eje de esta calle hasta la calle Aguilar de Campoo, por cuyo eje continúa, hasta su encuentro con la avenida Luciano Huidobro, siguiendo el eje de ésta y su prolongación por la avenida de los Reyes Católicos, hasta la calle de la Cruz, por donde gira, siguiendo por el eje de la calle Condestable y calle Doctor Antonio Ruiz Martínez. Desde aquí, cruzando la confluencia de la calle Estudio y la calle Mayor, continúa por el eje de la calle Fuente hasta su cruce con la calle San Lorenzo, punto de partida de la delimitación.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone a fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir de la presente notificación y recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición previo, o en el plazo de un año, si la resolución expresa no se produjera en el plazo de un mes.

Valladolid, 29 de diciembre de 1994.-El Presidente, Juan José Lucas Jiménez.-El Consejero de Cultura y Turismo, Emilio Zapatero Villalonga.

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