De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la expresada sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de apelación número 8.385/1991, promovido por el Abogado del Estado, contra otra anterior de 7 de junio de 1990, recaída en el recurso número 834/1989, interpuesto por don Francisco Javier Casillas Ferrandiz sobre reducción del servicio en filas.
Madrid, 23 de enero de 1995.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Julián Arévalo Arias.
Excmo. Sr. Director general del Servicio Militar.
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