Visto el expediente de indulto de don Marcial Mediavilla Peñaranda, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Burgos, en sentencia de fecha 17 de diciembre de 1992, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 31 de octubre de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de diciembre de 1994,
Vengo en conmutar a don Marcial Mediavilla Peñaranda la pena privativa de libertad impuesta, por la de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cum- plimiento de la condena.
Dado en Madrid a 2 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid