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Documento BOE-A-1995-3887

Resolución de 30 de enero de 1995, de la Secretaría de Estado de economía, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declaran caduca-dos 265 expedientes de beneficios de los polos de desarrollo industrial de Oviedo, Valladolid y Vilagarcía de Arosa y de las grandes áreas de expansión industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León, Extremadura y Galicia, concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 1995, páginas 5015 a 5022 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-3887

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 29 de diciembre de 1994, adoptó un Acuerdo, por el que se declaran caducados 265 expedientes de beneficios de los polos de desarrollo industrial de Oviedo, Valladolid y Villagarcía de Arosa y de las grandes áreas de expansión industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León, Extremadura y Galicia, concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda.

Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo, esta Secretaría de Estado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer:

Primero.-Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al texto íntegro del Acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 29 de diciembre de 1994, por el que se declaran caducados 265 expedientes de beneficios de los polos de desarrollo industrial de Oviedo, Valladolid y Villagarcía de Arosa y de las grandes áreas de expansión industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León, Extremadura y Galicia, concedidos a determinadas empresas. Dicho texto, con relación nominal de las empresas afectadas, se incluye como anexo a esta Resolución.

Segundo.-En virtud de lo establecido en el apartado 6 de la base quinta del Real Decreto 3361/1983 y en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de mayo de 1989, se dará traslado del Acuerdo antes citado a los interesados y se comunicará, en su caso, a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y a las correspondientes Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de reintegro de las cantidades que procedan.

Madrid, 30 de enero de 1995.-El Secretario de Estado, Alfredo Pastor Bodmer.

ANEXO

Texto del Acuerdo de Consejo de Ministros

El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, que amplía la delimitación de la gran área de expansión industrial de Castilla-La Mancha, convoca concurso para beneficios en la misma y modifica las bases de convocatorias en grandes áreas de Galicia, Extremadura, Andalucía y Castilla la Vieja y León, para los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los beneficios de las grandes áreas de expansión industrial, eleva al Consejo de Ministros la siguiente propuesta de

ACUERDO

Examinados los expedientes de concesión de los beneficios de los polos de desarrollo industrial de Granada y Sevilla y de las grandes áreas de expansión industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León, Extremadura y Galicia, a las empresas que se relacionan en el anexo de este Acuerdo, a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos beneficios.

Resultando que los beneficios fueron otorgados por diversos Acuerdos de Consejos de Ministros y notificados a las empresas por medio de resoluciones individuales que establecen las condiciones específicas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados beneficios, y que estas resoluciones individuales fueron aceptadas por las respectivas empresas.

Resultando que las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo no acreditaron sus correspondientes cumplimientos dentro de los plazos otorgados para tal fin, y por ello se instruyeron los oportunos expedientes de caducidad de los beneficios, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, antes citado.

Vistos dicho Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre; el Real Decreto 847/1986, de 11 de abril, que asigna al Ministerio de Economía y Hacienda determinadas funciones de desarrollo regional; el Real Decreto 755/1991, de 10 de mayo, de reforma parcial de la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda; el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria; la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, y demás disposiciones de aplicación, así como el informe de la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales.

Considerando que en la instrucción de los expedientes se han observado todas las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 2.º, base quinta, apartado 6, del Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre.

Considerando que de las actuaciones resulta probado, y así procede que se declare, que los titulares de estos expedientes no han acreditado haber cumplido todas las obligaciones que contrajeron en la aceptación de las condiciones de los beneficios, habiendo rebasado los plazos otorgados para ello.

Considerando que estas circunstancias son causa de caducidad con pérdida de los beneficios, a tenor de lo dispuesto en la citada base quinta del Real Decreto 3361/1983 y que de conformidad con la misma corresponde al Consejo de Ministros resolver estos expedientes,

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda,

RESUELVE

Declarar la caducidad de los beneficios de los polos de desarrollo industrial de Oviedo, Valladolid y Villagarcía de Arosa y de las grandes áreas de expansión industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León, Extremadura y Galicia, otorgados a las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo, por incumplimiento de las condiciones fijadas para su disfrute, quedando obligadas dichas empresas a reintegrar al Tesoro Público las cantidades que resulten por los beneficios concedidos que hayan utilizado, junto con los intereses que pudieran corresponder.

(ANEXOS OMITIDOS)

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