Habiéndose suscrito entre la Secretaría del Estado de Hacienda (Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria) y la Comunidad Autónoma Valenciana un Convenio para la realización de ortofotografías, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 20 de enero de 1995.-La Directora general, María José Llombart Bosch.
CONVENIO ENTRE LA SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA (DIRECCION GENERAL DEL CENTRO DE GESTION CATASTRAL Y COOPERACION TRIBUTARIA) Y LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA VALENCIANA, PARA LA REALIZACION DE ORTOFOTOGRAFIAS EN EL AMBITO DE DICHA COMUNIDAD AUTONOMA
Reunidos en la ciudad de Valencia, a 20 de enero de 1995,
De una parte, don Enrique Martínez Robles, Secretario de Estado de Hacienda, en nombre y representación de la Administración del Estado, en virtud de lo establecido en la disposición final primera del Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio.
De otra parte, don José María Coll Comín, Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Comunidad Autónoma Valenciana, en nombre y representación de ésta, y expresamente facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno valenciano de fecha 10 de enero de 1995, en que se aprobó este Convenio de Cooperación.
Ambas partes en la calidad que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad legal para firmar el presente Convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.-La Administración del Estado, en virtud de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, tiene atribuidas las competencias relativas a la formación, conservación, revisión, renovación y demás funciones inherentes a los catastros inmobiliarios, que constituyen la base de datos y descripciones de los bienes inmuebles, con expresión de las circunstancias físicas, económicas y jurídicas necesarias para conocer la propiedad territorial y su definición en sus diferentes aspectos y aplicaciones.
Segundo.-Que la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, en adelante DG del CGCCT, tiene en marcha un plan de producción, a escala nacional, de ortofotografías realizadas de forma general a escala 1:5.000 y con ampliaciones a 1:2.000 en la cornisa cantábrica o zonas muy parceladas, llevado a cabo con la finalidad primordial de servir de base cartográfica a los trabajos en ejecución avanzada de renovación catastral, sin detrimento de otros múltiples usos que de su calidad y uniformidad pudieran derivarse.
El nivel de ejecución se puede cifrar en un 67 por 100 de la totalidad del país mientras que, en lo que atañe a la Comunidad Autónoma Valenciana, este porcentaje se reduce al 61 por 100.
El proceso de producción de ortofotografías se completa con la generación de perfiles digitales del terreno, válidos para alcanzar en un futuro próximo la creación de un modelo digital del mismo.
Tercero.-La Generalidad Valenciana, en el ámbito de las disposiciones contenidas en su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, ejerce numerosas competencias, entre las que cabe citar las relacionadas con la agricultura, ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, para cuyo desarrollo es necesario un conocimiento preciso del territorio y de la realidad inmobiliaria de su ámbito.
Cuarto.-La Ley reguladora de las Haciendas Locales, en su disposición adicional cuarta, punto 2, indica que la base de datos catastral es utilizable por las Administraciones Públicas.
Quinto.-Que interesa a la Comunidad Autónoma Valenciana disponer, a la mayor brevedad posible, de la totalidad de las ortofografías de su territorio, no sólo de las ya concluidas, sino también de las pendientes de realizar, acelerando la finalización de las mismas.
Sexto.-Que sería conveniente evitar duplicidades en los trabajos en ejecución o factibles de ejecutar por distintas administraciones para obtener productos cartográficos muy similares, en aras de la continuidad, uniformidad y economía que ello conlleva.
ACUERDAN
La suscripción del presente Convenio de cooperación con arreglo a las siguientes
CLAUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.-Es objeto del presente Convenio la cooperación en la realización de ortofotografías, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Valenciana.
Segunda. Obligaciones de las partes:
1. La DG del CGCCT ha realizado ortofotografías sobre el 61 por 100 del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma, a escala 1:5.000 (con ampliaciones a escala 1:2.000 en zonas muy parcelas), de las que se suministrará una copia en papel fotográfico opaco, tipo RC, a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación.
2. La DG del CGCCT y la Comunidad Autónoma Valenciana procederán a la realización de las ortofotografías del resto del territorio de esta Comunidad, detallado en el anejo I, con sujeción estricta al pliego de condiciones particulares utilizado para la ejecución de estos trabajos por la DG del CGCCT.
3. La contratación de los trabajos para la realización de las ortofotografías a que se refiere el presente Convenio, cuyo presupuesto de ejecución asciende a 201.311.900 pesetas, según se detalla en el anejo II, se efectuará por la DG del CGCCT y por la Comunidad Autónoma Valenciana.
Cada una de las partes firmantes del presente Convenio contratará por el 50 por 100 del presupuesto de ejecución, soportando por tanto un gasto de 100.655.950 pesetas, distribuido en anualidades según el siguiente detalle:
Ejercicio 1995:
Dirección General del CGCCT: 50.327.975 pesetas.
Comunidad Autónoma Valenciana: 30.000.000 de pesetas.
Total: 80.327.975 pesetas.
Ejercicio 1996:
Dirección General del CGCCT: 50.327.975 pesetas.
Comunidad Autónoma Valenciana: 70.655.950 pesetas.
Total: 120.983.925 pesetas.
El coste de los trabajos a contratar se asumirá por la DG del CGCCT con cargo al concepto 15.13.613D.640 y por la Comunidad Autónoma Valenciana con cargo al concepto 12.01.00.711.10.681.10, proyecto código 1103, de la Ley de Presupuestos de la Generalidad Valenciana para 1995.
La Comisión de Seguimiento que se establece en la cláusula tercera determinará las respectivas zonas geográficas de actuación correspondientes a cada una de las partes firmantes del Convenio.
La forma de contratación será, al igual que para el resto del territorio nacional en que se desarrolla el proyecto, mediante licitación en concursos públicos por procedimiento abierto, entre empresas especializadas.
4. La DG del CGCCT entregará a la Comunidad Valenciana, de las partes por aquélla contratadas, la siguiente documentación:
a) En el caso de ortofotos a escala: 1:5.000:
Ortonegativo enmarcado en carátula con los mismos datos de identificación que los ortopositivos, perforados para colgar en archivador vertical.
Ortopositivo a escala 1:5.000, en película poliéster transparente, tramado, de dos caras en brillo, con los accesorios necesarios para colgarlo en archivador vertical.
Una copia en papel fotográfico opaco, tipo RC, con los accesorios precisos para su correcto archivo.
En el caso de que las ortofotos comprendan n términos municipales colindantes, el número de copias a entregar será n.
Los perfiles de los modelos fotogramétricos generados en la obtención de las ortofotografías, según el formato definido en el anejo V del pliego de condiciones particulares.
b) En el supuesto de ortofotos a escala 1:2.000, obtenidas por ampliación de las 1:5.000, según las especificaciones del correspondiente pliego de condiciones particulares.
Ortonegativo, enmarcado en carátula, con los mismos datos de identificación que los ortopositivos y perforado para colgar en archivador vertical.
Ortopositivo a escala 1:5.000 en poliéster transparente, tramado, de dos caras, brillo (un ejemplar).
Cuatro ortopositivos ampliados a escala 1:2.000, uno de cada uno de los cuadrantes en que cabe dividir el ortonegativo, en película poliéster transparente por ambas caras y tramado por una de ellas (un ejemplar).
Una ampliación a escala 1:2.000, en papel fotográfico opaco, tipo RC, con los accesorios necesarios para su correcto archivo, de cada uno de los cuadrantes del original. En el caso de que alguna de las ampliaciones comprenda n términos municipales colindantes, el número de copias de ésta a entregar será de n.
Un ortopositivo opaco en papel tipo RC, a escala 1:5.000, con los accesorios necesarios para su correcto archivo.
Los perfiles de los modelos fotogramétricos generados en la obtención de las ortofotografías, según el formato definido en el anejo V del citado pliego.
Por otro lado, la Comunidad Autónoma Valenciana entregará a la DG del CGCCT, de lo por ella realizado, los siguientes documentos:
a) En el caso de ortofotos a escala 1:5.000:
Ortonegativo enmarcado en carátula con los mismos datos de identificación que los ortopositivos, perforados para colgar en archivador vertical.
Ortopositivos a escala 1:5.000 en película poliéster transparente, tramado, de dos caras en brillo (dos ejemplares), con los accesorios necesarios para colgarlos en archivador vertical.
Tres copias en papel fotográfico opaco, tipo RC, con los accesorios precisos para su correcto archivo.
En el caso de que las ortofotos comprendan n términos municipales colindantes, el número de copias a entregar será 2n + 1.
Dos copias azográficas del ortopositivo transparente.
Los perfiles de los modelos fotogramétricos generados en la obtención de las ortofotografías, según el formato definido en el anejo V del pliego de condiciones particulares:
b) En el supuesto de ortofotos a escala 1:2.000 obtenidas por ampliación de las 1:5.000, según las especificaciones del correspondiente pliego de condiciones particulares:
Ortonegativo, enmarcado en carátula, con los mismos datos de identificación que los ortopositivos y perforado para colgar en archivador vertical.
Ortopositivo a escala 1:5.000 en poliéster transparente, tramado, de dos caras, brillo (un ejemplar).
Cuatro ortopositivos ampliados a escala 1:2.000, uno de cada uno de los cuadrantes en que cabe dividir el ortonegativo, en película poliéster transparente por ambas caras y tramado por una de ellas (un ejemplar).
Dos ampliaciones a escala 1:2.000, en papel fotográfico opaco, tipo RC, con los accesorios necesarios para su correcto archivo, de cada uno de los cuadrantes del original. En el caso de que alguna de las ampliaciones comprenda términos municipales colindantes, el número de copias de ésta a entregar será de 2n.
Un ortopositivo opaco en papel tipo RC, a escala 1:5.000, con los accesorios necesarios para su correcto archivo.
Los perfiles de los modelos fotogramétricos generados en la obtención de las ortofotografías, según el formato definido en el anejo V del citado pliego.
5. Teniendo en cuenta la experiencia, en el control de calidad en trabajos idénticos a los convenidos, de los Servicios Técnicos de la DG del CGCCT, y en aras de la uniformidad de los mismos, se encomienda específicamente a aquéllos el ejercicio uniforme del mencionado control.
Tercera. Comisión de Seguimiento-Dentro del mes siguiente a la suscripción del presente Convenio se constituirá una Comisión, copresidida por parte de la DG del CGCCT por el Subdirector general de Catastros Inmobiliarios Rústicos y por parte de la Comunidad Autónoma Valenciana por el Jefe de Servicio de Supervisión de Proyectos de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, y compuesta además por dos personas de cada uno de los órganos que intervienen, al objeto de elaborar y proponer las medidas que hagan posible su correcto funcionamiento, así como llevar a término el control y seguimiento de las actividades objeto del Convenio.
Cuarta. Difusión.-En relación con las ortofotografías, propiedad de la DG del CGCCT y realizadas y suministradas por éste a la Comunidad Autónoma Valenciana, a que se hace referencia en el punto 1 de la cláusula segunda, sólo podrán ser utilizadas por dicha Comunidad dentro de sus fines específicos.
No obstante podrán ser facilitadas por ella a otras entidades o particulares dentro del marco establecido en el artículo 7 del Real Decreto 1485/1994, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 19), por el que se aprueban las normas que han de regir para el acceso y la distribución pública de información catastral cartográfica y alfanumérica de la DG del CGCCT.
Por lo que respecta a las ortofotografías e información generadas en virtud del presente Convenio, podrán ser distribuidas por la DG del CGCCT y la Comunidad Autónoma Valenciana, según sus modelos y cauces, considerando en esta distribución la copropiedad paritaria de ambas instituciones sobre las mismas.
Quinta. Vigencia y denuncia del Convenio.-El plazo de vigencia del Convenio se extenderá desde la fecha de la firma del mismo hasta la recepción de la totalidad de los trabajos, más un año, contados a partir de su recepción, para mantenimiento. El Convenio se entenderá tácitamente prorrogado por sucesivos períodos de un año mientras no sea denunciado.
La denuncia del mismo por cualquiera de las partes otorgantes deberá realizarse con una antelación mínima de seis meses a la expiración del plazo de vigencia inicialmente convenido o posteriormente prorrogado.
Sexta. Jurisdicción.-En el supuesto de que las controversias no hubieran podido solventarse en la Comisión de Seguimiento, o para el caso de que una de las partes incumpla con las obligaciones derivadas del presente Convenio, la jurisdicción competente para conocer de tales cuestiones será la Contencioso-Administrativa. El Tribunal competente será el que venga determinado por aplicación de las reglas del artículo 62.1 de la Ley de la Enjuiciamiento Civil, en relación a la disposición adicional sexta de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.
Firmado: El Secretario de Estado de Hacienda, Enrique Martínez Robles.-El Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalidad Valenciana, José María Coll Comín.
ANEJO I
Término municipal / Superficie no realizada Hectáreas
Provincia de Alicante
Agost / 6.664
Aspe / 7.090
Elche/Elx / 32.607
Hondón de las Nieves / 6.885
Hondón de los Frailes / 1.255
Monforte del Cid / 7.949
Novelda / 7.565
Rafal / 162
Rafol de Almunia / 488
Romana (La) / 4.329
Pilar de la Horadada / 7.977
Totales provincia / 82.971
Número de municipios: 11.
Provincia de Castellón
Almenara / 2.763
Argelita / 1.547
Artana / 3.633
Ayódar / 2.436
Benafer / 1.703
Benicarló / 4.786
Cabanes / 13.164
Canet lo Roig / 6.867
Caudiel / 6.238
Cervera del Maestre / 9.324
Fanzara / 3.498
Figueroles / 1.209
Forcall / 3.921
Fuente la Reina / 750
Fuentes de Ayódar / 1.098
Gátova / 3.041
Herbés / 2.712
Mata de Morella (La) / 1.516
Morella / 41.354
Chiva Morell.
Ortells.
Navajas / 789
Olocau del Rey / 4.398
Palanques / 1.432
Pina de Montalgrao / 3.160
Puebla de Benifasar / 7.356
Ballestar.
Bojar.
Corachar.
Fredes.
Ribesalbes / 855
Sot de Ferrer / 866
Tales / 1.453
Todolella / 3.403
Torre de Embesora / 1.187
Traiguera / 5.976
Vallat / 501
Villanueva de Viver / 595
Villarreal/Vila-Real / 5.516
Villores / 531
Zorita del Maestrazgo / 6.883
Alquerías del Niño Perdido / 1.257
Totales provincia / 157.718
Número de municipios: 42.
Provincia de Valencia
Ademuz / 10.042
Ador / 1.381
Alaquas / 390
Albal / 737
Albalat de la Ribera / 1.429
Albalat dels Sorells / 462
Albalat dels Tarongers / 2.134
Alboraya / 834
Albuixech / 442
Alcácer / 893
Alzira / 11.042
Alcublas / 4.351
Aldaya / 1.605
Alfafar / 1.010
Alfauir / 622
Alfara de Algimia / 1.171
Alfara del Patriarca / 198
Alfarrasí / 638
Algar de Palancia / 1.315
Algemesí / 4.148
Algimia de Alfara / 1.445
Alginet / 2.407
Almassera / 274
Almiserat / 744
Almoines / 212
Almussafes / 1.077
Alquería de la Condesa/Alqueri / 215
Andilla / 14.278
Ayelo de Rugat / 783
Belgida / 1.726
Bellreguard / 285
Bellús / 954
Benavites / 427
Benetusser / 78
Beniarjo / 275
Beniatjar / 1.137
Benicolet / 1.129
Benifairó de les Valls / 435
Beniafairó de la Valldigna / 2.020
Benifaio / 2.015
Benifla / 62
Beniganim / 3.344
Beniparrell / 368
Benirredra / 39
Benisuera / 212
Bétera / 7.573
Bicorp / 13.650
Bolbaite / 4.039
Bonrepós y Mirambell / 105
Bufali / 319
Bugarra / 4.031
Burjassot / 344
Calles / 6.454
Camporrobles / 8.950
Canet d-en Berenguer / 384
Carcaixent / 5.925
Carricola / 460
Casas Altas / 1.595
Casas Bajas / 2.265
Castello de Rugat / 1.915
Castellonet / 543
Castielfabib / 10.819
Catarroja / 1.304
Caudete de las Fuentes / 3.460
Cofrentes / 10.318
Corbera / 2.027
Cortes de Pallas / 23.301
Quart de les Valls / 843
Quart de Poblet / 1.964
Quartell / 318
Quatretonda / 4.355
Cullera / 5.382
Chelva / 19.056
Chella / 4.349
Chera / 5.446
Xirivella / 515
Chulilla / 6.178
Daimus / 315
Domeño / 6.584
Dos Aguas / 12.152
Eliana (L-) / 877
Emperador / 1.248
Estivella / 2.092
Faura / 164
Favara / 945
Fortaleny / 457
Foios / 648
Font d-en Carros (La) / 990
Fuenterrobles / 4.945
Gandía / 6.083
Beniopa.
Benipeixcar.
Gestalgar / 6.973
Gilet / 1.128
Godella / 832
Guadasequies / 326
Guadasuar / 3.529
Guardamar / 110
Higueruelas / 1.880
Jalance / 9.477
Xeraco / 2.022
Jarafuel / 10.309
Xeresa / 1.685
Loriguilla / 6.670
Losa del Obispo / 1.217
Llutxent / 4.012
Lugar Nuevo de la Corona / 4
Llocnou de Sant Jeroni / 647
Llauri / 1.363
Llombai / 5.557
Manises / 1.965
Massalfassar / 253
Massamagrell / 616
Massanassa / 559
Meliana / 473
Millares / 10.551
Miramar / 256
Mislata / 206
Moncada / 1.583
Monserrat / 4.558
Montaberner / 740
Montichelvo / 816
Montroy / 3.139
Museros / 1.248
Náquera / 3.871
Navarres / 4.704
Oliva / 5.993
Ollería (L-) / 3.222
Otos / 1.107
Paiporta / 393
Palma de Gandía / 1.404
Palmera / 98
Palomar / 776
Paterna / 4.396
Petres / 187
Picanyá / 722
Picassent / 8.586
Piles / 394
Pinet / 1.189
Polinyá de Xuquer / 1.267
Potríes / 307
Pobla de Farnals (La) / 361
Pobla del Duc (La) / 1.887
Puebla de San Miguel / 6.358
Puig / 2.683
Puçol / 1.806
Quesa / 7.316
Rafelbuñol/Rafelbunyol / 420
Rafelcober / 203
Rafol de Salem / 433
Real de Gandía / 607
Real de Montroy / 1.832
Requena / 81.421
Riola / 559
Rocafort / 243
Rótova / 753
Rugat / 307
Sagunto/Sagunt / 13.236
Salem / 861
Sedavi / 183
Segart / 664
Sempere / 383
Silla / 2.503
Simat de la Valldigna / 3.849
Sollana / 3.923
Sot de Chera / 3.398
Sueca / 9.252
Tavernes Blanques / 74
Tavernes de la Valldigna / 4.923
Teresa de Cofrentes / 11.080
Terrateig / 632
Torre Baja / 282
Torrent / 6.921
Torres-Torres / 1.177
Tous / 12.752
Utiel / 23.691
Vallanca / 5.661
Venta del Moro / 27.259
Villalonga / 4.332
Villar del Arzobispo / 4.070
Villargordo del Cabriel / 7.161
Vinalesa / 153
Zarra / 4.972
Totales provincia / 660.373
Número de municipios: 183.
ANEJO II
Presupuesto de ejecución
Provincia / Superficie (hectáreas): 1:5.000 / 1:2.000 / Total
Alicante / 82.971 / - / 82.971
Castellón / 157.718 / - / 157.718
Valencia / 449.378 / 210.995 / 660.373
Totales / 690.067 / 210.995 / 901.062
Presupuesto (con inclusión del 16 por 100 del IVA): 690.067 hectáreas por 200 pesetas/hectárea más 210.995 hectárea por 300 pesetas/hectárea: 201.311.900 pesetas.
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