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Documento BOE-A-1995-3913

Resolución de 13 de diciembre de 1994, del Consejo de Gobierno de la Diputación Regional, incoando expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico, a favor del solar de «Las Cachavas» y plaza del Machichaco, conocido también como solar de la calle Calderón de la Barca, en Santander (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 1995, páginas 5057 a 5058 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-1995-3913

TEXTO ORIGINAL

En base a la propuesta formulada por el Consejero de Cultura, Educación, Juventud y Deporte, y viendo el informe emitido por la Comisión Técnica para el Patrimonio Arquitectónico, así como la documentación obrante en el expediente;

Resultando que como se certifica históricamente en la plaza de la que forma parte en solar de «Las Cachavas», ha estado siempre adscrita al dominio público y nunca ha sido edificada, habiendo constituido desde tiempo inmemorial una parte del paisaje de la ciudad de Santander. Que si bien hoy esa parte denominada solar de «Las Cachavas» es propiedad del Estado, adscrito al servicio de la Junta de Obras del Puerto, no se ha cumplido el destino que los acuerdos municipales y de Junta de Obras del Puerto preveían, según consta en la siguiente documentación:

a) Acuerdo plenario de fecha 7 de junio de 1950.

b) Reconocimiento de la propia Junta de Obras del Puerto de la condición finalista del solar.

c) Escritura pública de cesión de la Junta de Obras del Puerto, que desde 1950 pudo y debió en todo caso el Gobierno de la Nación y el Ministerio de Obras Públicas, utilizar estos terrenos a los fines previstos, lo que no se ha hecho.

Considerando que con fecha 28 de julio de 1994 la Junta de Obras del Puerto, después de negociaciones a nuestro juicio irregulares, determinó con fecha 8 de septiembre de 1994 la venta del mencionado solar a «Construcciones Rotella, Sociedad Anónima», para su edificación y ello en virtud del Convenio mencionado en la correspondiente reunión de la Junta de Obras del Puerto;

Considerando que el señor Rotella ha solicitado licencia de construcción al excelentísimo Ayuntamiento de Santander;

Considerando que existe y ha existido una decidida y firme decisión por parte de la Junta de Obras del Puerto de que se construya este solar por el señor Rotella, como resulta obvio de los documentos obrantes en el expediente y del conocimiento de su intención así manifestada por el excelentísimo Ayuntamiento de Santander;

Considerando por lo mismo que a los efectos prácticos, y de posibilidad constructivos, existe no solamente la intención anteriormente manifestada, sino la posibilidad de que se llegue a otorgar esta licencia de construcción, habida cuenta de que las licencias de construcción pueden otorgarse aunque no sea propietario de la finca, pues se conceden éstos sin perjuicio de derecho de terceros, y que, aún más, el señor Rotella tiene un justo título para solicitarle en virtud del Convenio firmado con la Junta de Obras del Puerto,

Este Consejo de Gobierno, estimando además que no estamos hablando de la protección de un interés histórico, sino de la protección de un bien cultural, cual es la permanencia de esta plaza y solar, tal como ha sido conocido por los santanderinos desde tiempo inmemorial. Y que desde luego está claro que no sería artístico la construcción allí de un edificio que desfigurara la perspectiva histórica de la ciudad de Santander en suficiente parte, al menos, para que este Consejo de Gobierno, en uso de sus atribuciones, decida la incoación del expediente de protección del conjunto que parte desde el espacio libre del palacio de la Magdalena, continúa con la perspectiva de Reina Victoria, calle Castelar, paseo de Pereda, Jardines de Pereda y plaza de Machichaco, que incluye el solar de «Las Cachavas», perspectiva que es la historia artística de la ciudad de Santander,

Este Consejo de Gobierno ha resuelto:

Primero.-De conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley, incoar expediente de declaración de BIC (bien de interés cultural), con la categoría de conjunto histórico, a favor del «Solar de Las Cachavas y plaza de Machichaco, conocido también como solar de la calle Calderón de la Barca», en Santander (Cantabria).

Segundo.-Hacer saber al excelentísimo Ayuntamiento de Santander que, según lo dispuesto en los artículos 11.1, 16 y 23 de la Ley citada, deberá suspender las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como los efectos de las ya otorgadas, en tanto no se resuelva o caduque el expediente, y que no podrán llevarse a cabo ningún tipo de obras sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por esta Consejería.

Tercero.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se describirá para su identificación el bien objeto de la incoación, delimitando la zona afectada, motivando esta delimitación.

Descripción: El solar de Las Cachavas y la plaza de Machichaco, también conocido como solar de la calle Calderón de la Barca, está formado por el espacio comprendido entre la calle Calderón de la Barca, calle Antonio López y calle Isabel II, estando separado el solar de Las Cachavas y la plaza de Machichaco por la calle Lealtad, en Santander.

Delimitación del entorno afectado y motivación: Todo el conjunto está ubicado al sur de la ciudad de Santander y lindante con la zona marítima. La zona afectada por la incoación es la formada por los ejes de las calles Isabel II, Calderón de la Barca y Antonio López, tal como aparece en la documentación gráfica.

Los criterios seguidos para definir la delimitación del entorno del conjunto histórico están en función de su emplazamiento y para evitar posibles construcciones que alteren un conjunto de tanto interés histórico para la ciudad de Santander.

Cuarto.-Comunicar este acuerdo al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, para su anotación preventiva.

Quinto.-Que la resolución del presente acuerdo se publique en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Cantabria».

Sexto.-Continuar la tramitación del expediente, de conformidad con la legislación vigente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santander, 13 de diciembre de 1994.-El Consejero de Cultura, Educación y Deporte, Dionisio García Cortázar.

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