Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 26 de abril de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 177/1991, promovido por «Congelados Cíes, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Letrado señor Sosa Mendoza, en nombre y representación de "Congelados Cíes, Sociedad Anónima", contra las Resoluciones a que se contraen las presentes actuaciones, debemos confirmarlas siempre que se adapten a la cuantía por multa impuesta a la de 2.541.357 pesetas, con todos los efectos inherentes a esta declaración; sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 31 de enero de 1995.-P. D. (Orden de 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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