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Documento BOE-A-1995-4389

Orden de 25 de enero de 1995 por la que se convocan pruebas selectivas del turno de promoción interna correspondiente a la convocatoria de 19 de mayo de 1989, para ingreso en el Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación, en ejecución de la sentencia de 24 de septiembre de 1991 de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 1995, páginas 5716 a 5718 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-4389

TEXTO ORIGINAL

La Sección Quinta de la Sala de Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 24 de septiembre de 1991, dictó sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 59062 en cuyo fallo se declara: «Que estimando el recurso contencioso-administrativo... contra la resolución de 26 de marzo de 1990 del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones que desestimó el de reposición formulado contra la de 19 de mayo de 1989 que convocó pruebas para ingreso en el Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación, debemos anular y anulamos dichas resoluciones por no ser conformes a derecho en sus bases 1.7.1, 2.2 y 5.1 sin hacer condenas de costas.»

Según lo expresado en los fundamentos jurídicos quinto, sexto y séptimo, las bases de la convocatoria anuladas debían ajustarse, en cuanto al turno de promoción interna se refiere, a lo establecido en el Real Decreto 1475/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Cuerpos Especiales de la Dirección General de Correos y Telecomunicación.

Por cuanto antecede, y para dar validez a la ya referida resolución de 19 de mayo de 1989, esta Secretaría General de Comunicaciones, en uso de las competencias que le han sido delegadas por Orden de 24 de abril de 1992, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y teniendo en cuenta el auto que sobre el particular ha dictado la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el día 15 de diciembre de 1994, resuelve:

Convocar, en ejecución de la sentencia de 24 de septiembre de 1991 de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, las pruebas selectivas del turno de promoción interna correspondiente a la convocatoria de 19 de mayo de 1989 para ingreso en el Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación, aplicando las normas y los procedimientos contenidos en el Real Decreto 1475/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Cuerpos Especiales de la Dirección General de Correos y Telecomunicación, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Número de plazas.-Se convocan 29 plazas por el turno de promoción interna.

Del número de plazas a cubrir por este turno de promoción interna se reservan 17 plazas para los funcionarios pertenecientes al Cuerpo Técnico de Correos a extinguir y al Cuerpo Técnico de Telecomunicación a extinguir y 12 plazas para los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación.

1.2. Sistema selectivo.-El procedimiento de selección será el siguiente:

Concurso de méritos preselectivo mediante la aplicación del baremo publicado como anexo I del Reglamento de los Cuerpos Especiales de Correos y Telecomunicación de 24 de abril de 1981, en el que se valorará el tiempo de permanencia en el servicio, la responsabilidad de las funciones realizadas, la eficacia demostrada y los estudios realizados, sin que en ningún caso el número de aprobados pueda exceder de las vacantes señaladas. Los preseleccionados tendrán que superar un curso selectivo de formación y prácticas en la Escuela Oficial de Comunicaciones.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1. Para ser admitido a este turno de promoción interna será necesario reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser funcionario de carrera del Cuerpo Técnico de Correos a extinguir, del Cuerpo Técnico de Telecomunicación a extinguir o del Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación.

2.1.2. Estar en situación administrativa de servicio activo o de servicios especiales.

2.1.3. Contar con una antigüedad mínima de tres años en el cuerpo de procedencia.

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación que accedieron al mismo en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 75/1978, de 26 de diciembre, no están sujetos al límite de tiempo establecido en el punto anterior.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 debieron poseerse en el día de la publicación de la convocatoria para ingreso en el Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación (14 de junio de 1989) afectada por la Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

3. Forma de presentación

3.1. Los aspirantes a este turno de promoción interna presentarán sus solicitudes para participar en el concurso de méritos preselectivo, con arreglo al modelo que figura como anexo I a esta convocatoria.

3.2. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Comunicaciones.

3.3. El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.4. Las solicitudes para participar en el concurso de preselección se cursarán a través de las unidades de Recursos Humanos de las Jefaturas Provinciales de Correos y Telégrafos, en el Registro General de la Secretaría General de Comunicaciones o en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.5. Los méritos valorables en el concurso de preselección que los solicitantes hagan constar en el modelo de solicitud deberán ser acreditados mediante certificaciones expedidas por las Jefaturas correspondientes o fotocopias debidamente compulsadas.

3.6. Todos los méritos a valorar en el concurso de preselección que se expresen en el anexo I de esta convocatoria (solicitud para la preselección por promoción interna) deberán ser anteriores al 14 de junio de 1989, fecha de la publicación de la convocatoria para ingreso en el Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación afectada por la Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de candidatos

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General de Comunicaciones aprobará la relación provisional de preseleccionados, que se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado».

4.2. Los interesados podrán interponer reclamaciones a la lista provisional en el plazo de quince días naturales, a partir del siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

4.3. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, por Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones se aprobará la lista definitiva publicándose en el «Boletín Oficial del Estado».

4.4. Contra la Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones que apruebe la lista definitiva podrán interponer los interesados los recursos legalmente previstos.

5. Nombramientos de funcionarios en prácticas

5.1. Los integrantes de la lista definitiva de candidatos serán nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones y podrán optar por percibir las retribuciones del puesto que estén desempeñando o por el régimen económico establecido para los funcionarios en prácticas.

6. Curso selectivo y nombramientos de funcionarios de carrera

6.1. Para ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación será necesario, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.1 y 2 del Reglamento de los Cuerpos Especiales de la Dirección General de Correos y Telecomunicación, superar un curso selectivo de formación y prácticas, que tendrá una duración de cinco meses. Este curso será organizado por la Escuela Oficial de Comunicaciones sobre las materias que señale dicho centro. La calificación del curso se efectuará por el repetido centro a la vista de los ejercicios y trabajos de los aspirantes que se lleven a cabo para comprobar su aprovechamiento, sin que la valoración total pueda exceder de un máximo de 50 puntos, siendo necesario para superar el curso alcanzar al menos la calificación de 20 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo decaerán en sus derechos.

6.2. Concluido el curso de formación y prácticas, quienes lo hubieran superado serán nombrados a propuesta de la Escuela Oficial de Comunicaciones funcionarios de carrera mediante Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

7. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos previstos legalmente.

Madrid, 25 de enero de 1995.-P. D. (Orden de 24 de abril de 1992, «Boletín Oficial del Estado» número 116, de 14 de mayo), la Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.

Ilmo. Sr. Director general del organismo autónomo Correos y Telégrafos.

(ANEXO OMITIDO)

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