Visto el expediente de indulto de don Jesús Prado Losas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Leganés, en sentencia de fecha 27 de marzo de 1987, como autor de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor, en grado de tentativa, a la pena de dos meses de arresto mayor y privación del permiso de conducir o facultad de obtenerlo durante un año, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 29 de julio de 1983, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de enero de 1995,
Vengo en indultar a don Jesús Prado Losas la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 27 de enero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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